Resolución 150/38226/2011, de 26 de septiembre, de la Dirección General de Relaciones Institucionales de la Defensa, por la que se conceden nuevas subvenciones para la promoción y difusión de la cultura de defensa y de la imagen de las Fuerzas Armadas, correspondientes al año 2011.

MarginalBOE-A-2011-15648
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Defensa
Rango de LeyResolución

De conformidad con lo establecido en el artículo 25 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; la base séptima de la Orden DEF/3557/2008, de 3 de diciembre de 2008 (B.O.E. de 9 de diciembre de 2008) por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones para la promoción y difusión de la cultura de defensa y de la imagen de las Fuerzas Armadas, y el apartado décimo de la Resolución de 16 de noviembre de 2010 (B.O.E. núm. 285 de 25 de noviembre de 2010) de la Dirección General de Relaciones Institucionales de la Defensa, por la que se convocan las subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para la concesión de las subvenciones para la promoción y difusión de la cultura de defensa y de la imagen de las Fuerzas Armadas, 2011, esta Dirección General de Relaciones Institucionales dictó la Resolución de 14 de abril, de concesión de las subvenciones correspondientes a 2011 (B.O.E. núm. 102 de 29 de abril de 2011), por la que resultaron subvencionados 110 proyectos por importe de 645.370 euros.

En dicha Resolución de concesión figuraba, como anexo III, una relación ordenada de todos los proyectos que, habiendo cumplido con las condiciones administrativas y técnicas establecidas para adquirir la condición de beneficiario, no habían sido estimados por rebasarse la cuantía máxima del crédito fijado en la convocatoria, con indicación de la puntuación otorgada a cada uno de ellos y de la cuantía asignada en calidad de suplente. En este supuesto, si alguno de los beneficiarios renunciase a la subvención concedida, el órgano concedente podrá acordar, sin necesidad de una nueva convocatoria, la concesión de la subvención al solicitante o solicitantes siguientes en orden de puntuación, siempre y cuando con la renuncia por parte de alguno de los beneficiarios se haya liberado crédito suficiente para atender al menos una de las solicitudes denegadas; y siempre que la realización del proyecto siguiente en orden de puntuación fuese posible en la fecha en que se comunicase la posibilidad de acceder a la subvención.

Por tanto, vista la prelación de proyectos seleccionados en calidad de suplentes, y de conformidad con lo establecido en la Ley 38/2003, General de Subvenciones, en la Orden DEF/3557/2008, de 3 de diciembre de 2008, y en la Resolución de 16 de noviembre de 2010, ambas citadas, dispongo:

Primero.

Conceder la subvención que se relaciona en el anexo I de la presente resolución, con...

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