Resolución de 18 de enero de 2008, de la Secretaría General de Política Científica y Tecnológica, por la que se publica el Convenio de colaboración, entre el Ministerio de Educación y Ciencia y la Consejería de Innovación e Industria de la Comunidad Autónoma de Galicia, para financiar la construcción de las instalaciones del centro de excelencia en electrónica para vehículos inteligentes.

MarginalBOE-A-2008-1953
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Educacion y Ciencia
Rango de LeyResolución

El artículo 6 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, establece en su primer apartado que la Administración General y lo Organismos públicos vinculados o dependientes de la misma podrán celebrar convenios de colaboración con los órganos correspondientes de las Administraciones de las Comunidades Autónomas en el ámbito de sus respectivas competencias. Dentro de este marco de actuación se encuentra la línea puesta en marcha por la Orden ECI/1520/2005 de 26 de mayo (BOE de 28 de mayo).

Por su parte, el artículo 8.2 párrafo tercero de la Ley 30/1992, establece la obligatoriedad de publicar en el Boletín Oficial del Estado y en el Diario Oficial de la Comunidad Autónoma respectiva los diferentes convenios de colaboración dictados por las diferentes Administraciones Públicas.

En su virtud resuelvo:

Único: Hacer público el presente Convenio de Colaboración, mediante su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 18 de enero de 2008.-El Secretario General de Política Científica y Tecnológica, Francisco Marcellán Español.

CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN ENTRE EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CIENCIA Y LA CONSELLERÍA DE INNOVACIÓN E INDUSTRIA DE LA XUNTA DE GALICIA PARA FINANCIAR LA CONSTRUCCIÓN DE LAS INSTALACIONES DEL CENTRO DE EXCELENCIA EN ELECTRÓNICA PARA VEHÍCULOS INTELIGENTES

21 de diciembre de 2007

REUNIDOS

De una parte, la Sra. Ministra de Educación y Ciencia, D.ª Mercedes Cabrera Calvo-Sotelo, cargo que ostenta en virtud del nombramiento efectuado por el Real Decreto 464/2006, de 10 de abril (BOE n.º 86, de 11 de abril); actuando en el ejercicio de la competencia atribuida por el artículo 12.1g) de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado.

De otra, el Sr. Conselleiro de Innovación e Industria, D. Fernando Xabier Blanco Álvarez, cargo que ostenta en virtud del nombramiento efectuado por el Decreto 213/2005, de 3 de agosto, actuando en el ejercicio de la competencia atribuida por el artículo 34 de la Ley 1/1983, de 23 de febrero, reguladora de la Xunta de Galicia y de su Presidencia, modificada por la Ley 11/1988, de 20 de octubre.

Ambas Partes, en la representación que ostentan, se reconocen mutua capacidad para obligarse y convenir y

EXPONEN

Primero.-Que el Ministerio de Educación y Ciencia y la Consellería de Innovación e Industria de la Xunta de Galicia desean coordinar sus actuaciones en materia de investigación científica, desarrollo e innovación tecnológica con el objetivo común de promover el desarrollo de una investigación de excelencia que contribuya al avance del conocimiento y a elevar el nivel tecnológico de las empresas con el fin de mejorar la calidad de vida de los ciudadanos e incrementar la competitividad empresarial.

Segundo.-Que para la consecución de estos objetivos, ambas Partes ponen en marcha actuaciones de fomento de la actividad investigadora e innovadora: el Plan Nacional de I+D+I y el Plan Ingenio 2010 desde la Administración Central y el In.Ci.Te, Plan Galego de Investigación, Desenvolvemento e Innovación Tecnolóxica 2006-2010, respectivamente; además, ambas Partes, coinciden en la necesidad de: potenciar la creación de las masas críticas necesarias para afrontar los desafíos que la investigación española en general y la gallega en particular tiene planteados; propiciar la internacionalización de sus correspondientes grupos y proyectos de investigación, en especial en el contexto del Espacio Europeo de Investigación e Innovación; mejorar la transferencia tecnológica al sector empresarial y fomentar la difusión científica y tecnológica.

Tercero.-Que el artículo 149.1.15 de la Constitución, atribuye al Estado la competencia sobre el fomento y la coordinación general de la investigación científica y técnica.

Cuarto.-Que corresponde a la Comunidad Autónoma de Galicia promover la investigación en virtud de las competencias que en dicha materia le confiere el artículo 27.19 de su Estatuto de Autonomía. Que el Decreto 552/2005, del 20 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Innovación e Industria y donde se distribuye la competencia para el ejercicio de la potestad sancionadora entre sus órganos, atribuye a la Dirección Xeral de Investigación, Desenvolvemento e Innovación la planificación, coordinación, ejecución y seguimiento de las competencias en materia de fomento de la investigación que tiene atribuidas la Comunidad Autónoma de Galicia.

Quinto.-Que la Ley 13/1986, de 14 de abril, de Fomento y Coordinación General de la Investigación Científica y Técnica, creó un marco normativo para promover la coordinación y colaboración entre las distintas administraciones públicas, universidades, instituciones públicas y empresas privadas en el campo de la investigación y el desarrollo tecnológico. Este convenio tiene su fundamento, en el artículo 15.1 de la citada Ley 13/1986 de 14 de abril, de Fomento y Coordinación General de la Investigación Científica y Técnica.

Sexto.-Que las Partes han venido...

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