Orden de 2 de abril de 1992 por la que se establecen los precios a satisfacer por la prestación de servicios acádemicos en la Escuela nacional de sanidad.

MarginalBOE-A-1992-8096
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Sanidad y Consumo
Rango de LeyOrden

La Ley 8/1989, de 13 de abril (‹boletín Oficial del estado› del 15), de Tasas y precios públicos, fija la distinción entre Tasas y precios públicos, delimitando el concepto y régimen jurídico específico de la figura de precio público, y estableciendo, en su artículo 26.1, a), que la fijación y modificación de su cuantía se realizará por orden del departamento Ministerial del que dependa el Organo o ente que ha de percibirlos.

De otra parte, el Real Decreto 150/1991, de 1 de febrero (‹boletín Oficial del estado› del 13), sobre Estructura de la Escuela nacional de sanidad, en su artículo 12, c), prevé que para el cumplimiento de sus funciones dicho organismo dispone de los ingresos de Derecho público o privado que le corresponda percibir cómo consecuencia de sus actividades.

En su virtud, a propuesta del Director General de la Escuela nacional de sanidad, dispongo:

Primero. Los precios a satisfacer por la realización de actividades desarrolladas por la Escuela nacional de sanidad serán los siguientes:

Actividades docentes / pesetas

Seminario de veinte horas 41.600

Cursó monográfico corto cuarenta horas 59.600

Cursó monográfico largo ochenta horas 109.600

Cursó superior doscientas horas 259.600

Programa de ochocientas horas 1.009.400

Actividades de investigación / pesetas

Proyecto de veinte horas 637.000

Proyecto de cuarenta horas 914.000

Proyecto de ochenta horas 1.468.000

Proyecto...

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