Orden de 5 de septiembre de 1985 sobre procedimiento a emplear para la realización de los ensayos Exigidos en el anejo i de la reglamentación Tecnico-Sanitaria para la elaboración, circulación y Comercio de detergentes.

MarginalBOE-A-1985-19463
SecciónI - Disposiciones Generales
Rango de LeyOrden

La reglamentación Tecnico-Sanitaria para la elaboración, circulación y Comercio de detergentes, aprobada por Real Decreto 2816/1983, de 13 de octubre, estableceen su artículo 9. Que las condiciones mínimas de resistencia a la rotura y a la compresión a que deben ser sometidos los envases, son las determinadas en el anejo i, de la mencionada reglamentación Tecnico-Sanitaria, no indicándose, sin embargo, cuál debe ser el procedimiento a emplear para la realización de los citados ensayos, considerándose necesaria una determinación del mismo.

Por otro lado, habiendo sido publicadas unas normas une, relativas a esté tipo de ensayos, parece lógico hacer uso de Ellas al establecer el procedimiento a emplear.

En su virtud, a propuesta de La Dirección general de industrias químicas, de la construcción, textiles y farmacéuticas,

Este Ministerio ha tenido a bien disponer:

Primero.-Acondicionamiento de las muestras.

Las muestras deberán ser representativas y serán tomadas al azar entre las que compongan el lote a inspeccionar. Los envases se llenaran preferentemente con lacantidad correspondiente del producto o material al que estén destinados o con materiales de forma, volumen, peso y fragilidad similares. Se cerraran del mismomodo que debieran ir destinados a su Comercializacion.

Las muestras se ajustarán a la condición 5 de la Norma une 49.701 h7 durante un mínimo de 24 horas y con las siguientes condiciones en su preacondicionamiento:

A) en el casó de los envases de plástico, deberá tenerse en cuenta un Envejecimiento de 48 horas despúes de su fabricación.

B) en el casó de materiales, tales cómo el cartón o el papel, podrá ser necesario proceder a una desecación previa al acondicionamieto. Para ello, se colocará el envase durante un período de 24 horas en condiciones tales, que, cuándo sea transferido a las condiciones específicas, haya alcanzado el equilibrio deseado, antes de absorber humedad, según se determina en la Norma une 49.701 h7.

Segundo.-Procedimiento operativo.

Los ensayos deberán realizarse dentro de los cinco minutos siguientes a su salida de la Camara de Acondicionamiento. (norma une 49.701-74 ii parte).

A) ensayos de...

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