Corrección de errores del Real Decreto 2350/1986, de 7 de noviembre, por el que se modifican los derechos arancelarios aplicables a las importaciones de pota congelada («Todarodes sagitatus»), clasificada en la subpartida 03.03.B.IV.a) 1.bb) del vigente Arancel de Aduanas.

MarginalBOE-A-1986-30693
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Economia y Hacienda
Rango de LeyCorrección
BOE
núm.
279
Viernes
21
noviembre
1986
l. Disposiciones generales
38737
MINISTERIO
DE
ASUNTOS
EXTERIORES
30690 CANJE
de
Notas.
constitutivo
de
A.cuerdo.
para
modi-
ficar el
acuerdo
de
cooperación
técnica
entre
el
Gobierno
de
España
JI
el
Gobierno
de
Guinea
Ecuato-
rial
para
el
desarrollo
de
un
programa
en
materia
sociolaboral
Y.
en
especial.
de
formación
profesional y
empleo
en
Guinea
Ecuatorial
de
/7
de
octubre
de
/980.
reaIizadIJ
en
Malabo
el 11
de
mayo yel1S
de
septiembre de
/986.
Advertido error
en
la
inserción del título del Canje de Notas
entre España yGuinea Ecuatorial, publicaco en el «Boletín Oficial
del
Estado.
número 268,
de
fecha 8
de
noviembre de 1986. a
continuación
se
transcribe la
oponuna
rectíticación:
En el título, donde dice:
«CaI\ie
de
Notas constitutivo
de
Acuerdo
de
cooperación bilateral.
...
~
debe decir:
«CaI\ie
de
Notas,
constitutivo
de
Acuerdo,
para
modincar
dacuerdo
de
cooperación
técnica entre dGobierno
de
España
YdGobierno
de
Guinea
Ecuatorial
para
el desarrollo
de
un
prosrama
en
materia sociolabo-
raI
yen especial
de
formación profesional yempleo
en
Guinea
Ecuatorial
de
17
de octubre de 1980, realizado
en
Mataba d22 de
mayo yel
2S
de septiembre de 1986».
Lo
que
se hace público
para
conocimiento general.
Madrid,
13
de
noviembre de 1986.-E1 Secretario general
t&>-
nico. José Manuel
Paz
yAgüera$..
30691 CONVENIO Internacional
del
Yute
y
de
los
Productos
del
Yute,
hecho
en
Ginebra
el /
de
octubre
de
/981.
Entrada
en
vigor.
El Convenio Internacional
dd
Yute yde los Productos del Yute,
hecho en Ginebra
elIde
octubre de 1982. publicado en el «Bolelln
Oficial del
Estada.
de
29 de mayo y
12
de julio de 1985,
que
se
venía aplicando provisionalmente
de
forma general desde el 9de
enero de 1984 ypor España desde el 26 de febrero de 1985. entró
en
vigor el 26 de agosto de 1986
al
haberse cumplido 1
..
condiciones establecidas
en
darticulo 40 (1) del mismo.
Lo que se hace público
para
conocimiento seneraL
Madrid,
14
de noviembre de 1986.-EI Secretario seneral téc-
nico, José Manuel
paz
yAgüeras.
Estados
parte
Alemania, República Federal de (R).
13
de noviembre de 1985.
Australia (AD).
12
de
..
bril de 1984.
Austria (AD).
13
de
noviembre de 1985.
Ban$ladt'sh (FD).
11
de febrero de 1983.
Bélgica (R).
15
de
abril de 1985.
Canadá (FD). 30 de
junio
de 1983.
China (AP). 30 de
junio
de 1983.
Dinamarca (R). 6
de
junio
de 1983.
Egipto (R). 5de febrero
de
1986.
España (AD). 26
de
febrero
de
1985.
Estados Unidos de América (ACl. 9de septiembre de 1985.
Finlandia (R). 8de mayo de 1984.
Francia (AP).
13
de
noviembre
de
1984.
India (FO). 23 de /'unio de 1983.
Indonesia (AD). 3
de
agosto
de
1984.
Irlanda (R).
29
de
junio
de 1983.
Italia (R). 30 de abril
de
1985.
Japón (AC). 1de
junio
de
1983.
Luxembur¡o (R). IS de abril de 1985.
Nepal (FD). 29
de
junio
de 1983.
Noruega (R). 30 de
junio
de 1983.
Paises Bajos (para el Reino en Europa) (R). 8de noviembre
de 1985.
Pakistán (AD).
13
de
abril de 1984.
Polonia (AD). 26
de
agosto de 1986.
Reino
Unido
(incluyendo the Bailiwicb
of
Guemsey and
Jersey) (R). 22
de
diciembre
de
1983.
SUecJB
(R). 30
de
junio
de 1983.
Suiza (ÁÓ).
19
de
junio
de
1984.
Tailandia (R).
23
de
diciembre de 1983.
Turquia (R). 29 de diciembre de 1983.
YugoslaVIa (AD). 25 de julio de 1985.
30692
PROTOCOLO
de
/978
relativo
al
Convenio
/nterna-
cional
para
la
Seguridad
de
la
Vida
Humano
en
el
Mar (I974)
hecho
en
Londres
el
/7
de
febrero
de
/978.
Publicado
en
el
«Bolelfn
Oficial del
Éstado»
de
4
de
mayo
de
/98/.
Co"eccionn al
lDCto
español.
El Secretario general de
la
Orpnización
Marítima Internacio-
nal, en
su
calidad de depositario del Protocolo de 1978 relativo al
Convenio Internacional para
la
Seguridad
de
la
Vida
Humana
en
el Mar (1974) hecho en Londresel f7
de
febrero de 1978, publicado
en el «Boletín Oficial del
Estada.
de 4
de
maro
de 1981, comunica
las
siguientes correcciones
al
texto español de mismo,
según
consta
en
la
correspondiente aeta
de
ratificación:
Capítulo 1 . . .
Regla
14
d), lineas 2 y
3:
Quitar
«UIl
puerto
del país
en
que
esté
matriculado»
y
poner
«UD
buque
no
se
encuentra
en
el
Estado
cuyo
pabellón
tenp
derecho aenarbolar o
en
d
=a..
Línea 6:
Quitar
«paÍS
en que
eslA!
matricu yponer «Estado
cuyo pabellón tenga derecho aenarbolar».
el,
linea 4:
Quitar
«paÍS
en
que
e~1A!
matriculada» yponer
«Estado cuyo pabellón tenga derecho atnarbalar».
Linea
5:
Quitar
«pIIÍSlt
Y
poner
«Estado,..
Capítulo
n.
1 .
Regla 2kl, línea
2:
Quitar
«necesarios movimientos de timón».
Línea
3:
Después de «Gobierno»
poner
«las
órdenes
de movi-
miento de
timón».
Lo
que
se
hace
público para conocimiento
general.
Madrid,
17
de noviembre
de
1986.-E1 Secretario seneral
t&>-
nieo,
José
Manuel
paz
y
Agüeras.
MINISTERIO
DE
ECONOMIA
y
HACIENDA
30693 CORRECCION de errores del Real Decreto
13S0//986, de 7
de
noviembre,
por
el
que
se modifican
los
derechos
arancelarios
aplicables
a
las
importacio-
nes
de
pota
congeladll
(<
sagitatus»),
clasifi-
cadIJ
en
la
subpartida
03.03.B./V.a) /.bb)
del
vigente
Arancel
de
A.duanas.
Advertidos
errores
en
el
texto remitido
para
su
publicación del
mencionado Real Decreto. inserto
en
el «Boletín Oficial del
Estado.
número 268,
de
fecha 8
de
noviembre
de
1986.
se
transcriben
acontinuación
las
oportunas rectificaciones:
Página 37279,
parte
e.positiva, párrafo tercero.l>rimera línea,
donde dice: ..... vistos los articulos 6.4
de
la Ley Arancelaria y33
...•• debe decir: ..... vistos los articulas 6.4 de la Ley Arancelaria y
40 ...•.
Pane
dispositiva, articulo
1.°,
en la columna correspondiente a
la
«Descripctón
de
la
mercancím.,
donde
dice:
«VI.
Los
demás:»,
debe decir: «IV. Los demás",.

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