Orden FOM/2832/2011, de 27 de septiembre, por la que se aprueba la segunda modificación del Plan de utilización de los espacios portuarios del puerto de Cartagena.

MarginalBOE-A-2011-16515
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Fomento
Rango de LeyOrden

La Ley 48/2003, de 26 de noviembre, de régimen económico y de prestación de servicios de los puertos de interés general, establecía en su artículo 96 que el Ministerio de Fomento delimitará en los puertos de titularidad estatal una zona de servicio que incluirá los espacios de tierra y agua necesarios para el desarrollo de los usos portuarios, los espacios de reserva que garanticen la posibilidad de desarrollo de la actividad portuaria y aquéllos que puedan destinarse a usos no portuarios. Esta delimitación debía efectuarse por medio del plan de utilización de los espacios portuarios.

La Ley 33/2010, de 5 de agosto, por la que se modifica la Ley 48/2003, de 26 de noviembre, crea el instrumento de Delimitación de Espacios y Usos Portuarios, que sustituye al plan de utilización como instrumento delimitador de la zona de servicio portuaria. Asimismo, establece en su disposición transitoria cuarta, que los planes de utilización que a la entrada en vigor de dicha ley se encuentren en tramitación, deberán ajustar su contenido a lo previsto en los artículos 96 y 97 de la Ley 48/2003, en su redacción original.

El Plan de utilización de los espacios portuarios del puerto de Cartagena fue aprobado por Orden FOM/245/2003, de 30 de enero, siendo posteriormente modificado en virtud de la Orden FOM/3997/2005, de 9 de diciembre. Dicho Plan incluye en la Dársena de Cartagena, como zona de reserva para actividades logísticas, una superficie de 256.400 metros cuadrados ubicada en la parte norte del Barrio de Santa Lucía. Desde su aprobación hasta el momento actual, el entorno de este área se ha configurado como una zona de expansión de la ciudad de Cartagena, tendencia confirmada por la revisión del Plan General de Ordenación, actualmente en tramitación.

Esta situación ha condicionado los planes iniciales de expansión del puerto en la Dársena de Cartagena, de modo que la Autoridad Portuaria de Cartagena no ha llegado a ejercer sobre gran parte de las fincas que conforman la zona de reserva, las facultades de expropiación forzosa que, por la aprobación del Plan de utilización por Orden FOM/245/2003, de 30 de enero, tiene reconocidas legalmente.

Dadas estas nuevas circunstancias, la Autoridad Portuaria de Cartagena considera suficiente el mantenimiento como zona de reserva de una superficie aproximada de 70.000 metros cuadrados, y propone la exclusión de la zona de servicio portuaria de los 186.635 metros cuadrados...

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