Orden DEF/663/2007, de 13 de marzo, por la que se establece una zona de seguridad radioeléctrica para el Centro de Comunicaciones (CECOM T-3000), ubicado dentro del establecimiento militar denominado «Capitanía General de Barcelona», en la ciudad de Barcelona.

MarginalBOE-A-2007-5992
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Defensa
Rango de LeyOrden

En el caso urbano de la ciudad de Barcelona, existe el Centro de Comunicaciones (CECOM T-3000) ubicado dentro del establecimiento militar denominado «Capitanía General de Barcelona», que es necesario preservar de cualquier actividad que pudiera afectarlo, para asegurar la actuación eficaz de los medios de que dispone, así como el aislamiento conveniente para garantizar su seguridad, en conformidad con lo establecido en el Reglamento de Ejecución de la Ley 8/1975, de 12 de marzo, de Zonas e Instalaciones de Interés para la Defensa Nacional, aprobado por Real Decreto 689/1978, de 10 de febrero.

Por todo lo anterior es necesario establecer una zona de seguridad radioeléctrica para el citado Centro.

En su virtud, a propuesta razonada del General Jefe de la Tercera Subinspección General del Ejército (Pirenaica) y de conformidad con el informe emitido por el Estado Mayor del Ejército de Tierra, dispongo:

Primero. Clasificación de la instalación militar.-A los efectos prevenidos en el Título I, Capítulo II del Reglamento de zonas e instalaciones de interés para la Defensa Nacional, aprobado por Real Decreto 689/1978, de 10 de febrero, el Centro de Comunicaciones (CECOM T-3000), ubicado dentro del establecimiento militar denominado «Capitanía General de Barcelona» situado en el municipio de Barcelona, se considera incluido en el Grupo Segundo de los regulados por el artículo 8 del citado reglamento.

Segundo. Establecimiento de la zona de seguridad.-En aplicación de lo dispuesto en el artículo 15 del citado reglamento, y para el citado Centro de Comunicaciones, se establece una zona de seguridad radioeléctrica de las definidas para las instalaciones del Grupo Segundo.

Tercero. Determinación de la zona de seguridad.-En conformidad con lo preceptuado en el artículo 16 del citado reglamento, la zona de seguridad radioeléctrica vendrá delimitada en los términos que a continuación se relacionan:

  1. Enlace hertziano:

    El radio enlace que dispone esta unidad enlaza con:

    1. Acuartelamiento del Montseny (Fogars de Montclús, Barcelona), en coordenadas:

      Longitud: 2º 26' 19,23'' E.

      Latitud: 41º 46' 30,61'' N.

      Altitud: 1.674 metros.

      Altura de la antena: 20 metros.

      X: 453347 Y: 4625048 Huso 31.

    2. Acuartelamiento de Montjuich (Barcelona), en coordenadas:

      Longitud: 2º 09' 49,17'' E.

      Latitud: 41º 21' 47,06'' N.

      Altitud: 184 metros.

      Altura de la antena: 16 metros.

      X: 430046,3 Y: 4579480,5 Huso 31.

  2. Se establece como zona...

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