Orden APA/251/2006, de 31 de enero, por la que se establece la convocatoria para la concesión de subvenciones a organizaciones profesionales y organizaciones de las cooperativas de ámbito estatal, para la colaboración con la Entidad Estatal de Seguros Agrarios como miembros de la Comisión General de la misma, durante el año 2006.

MarginalBOE-A-2006-2087
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Agricultura, Pesca y Alimentacion
Rango de LeyOrden

Orden APA/251/2006, de 31 de enero, por la que se establece la convocatoria para la concesión de subvenciones a organizaciones profesionales y organizaciones de las cooperativas de ámbito estatal, para la colaboración con la Entidad Estatal de Seguros Agrarios como miembros de la Comisión General de la misma, durante el año 2006.

La Orden APA/657/2005 de 8 de marzo, establece las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a organizaciones profesionales agrarias y organizaciones de las cooperativas de ámbito estatal, para el fomento de los seguros agrarios.

Por Acuerdo del Consejo de Ministros de 19 de diciembre de 2005 se aprobó el Plan de Seguros Agrarios para el ejercicio 2006.

La Ley 30/2005, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2006, consigna en la aplicación 21 207 416 A 482 la dotación presupuestaria para subvencionar a las organizaciones agrarias y otras entidades asociativas.

De acuerdo con el citado marco normativo, se convoca la concesión de subvenciones para las organizaciones colaboradoras de ENESA como miembros de la Comisión General de la misma, de la que son miembros de pleno derecho.

En su virtud, dispongo:

Artículo 1 Objeto.

Mediante la presente Orden se establece la convocatoria de las subvenciones a Organizaciones Profesionales Agrarias y Organizaciones de las Cooperativas Agrarias de ámbito estatal, para el fomento de actividades relacionadas con los seguros agrarios y en concreto la correspondiente a la colaboración y asistencia de estas Organizaciones en la Comisión General de ENESA durante el año 2006.

Artículo 2 Financiación.

La financiación de las subvenciones previstas en la presente Orden se efectuará con cargo a la aplicación presupuestaria 21 207 416 A 482 de los Presupuestos Generales del Estado vigentes, dotada con una cuantía máxima de novecientos veintiocho mil quinientos setenta euros.

Articulo 3 Beneficiarios.

Se estará a lo dispuesto en la Orden APA/657/2005 de 8 de marzo (B.O.E. de 17 de marzo) por la que se establecen las Bases Reguladoras aplicables a la concesión de estas subvenciones.

Artículo 4 Cuantía y límite de...

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