Resolución de 2 de marzo de 1987, de La Secretaria general para la Seguridad Social, sobre Iniciacion de la Emision mecanizada de los documentos de cotización para la Liquidacion y pago de las Cuotas fijas del régimen especial Agrario de la Seguridad Social.

MarginalBOE-A-1987-7759
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Trabajo y Seguridad Social
Rango de LeyResolución

La Disposición adicional segunda de la orden de 23 de octubre de 1986, por la que se desarrolla el Real Decreto 716/1986, de 7 de marzo,que aprueba el Reglamento General de los recursos del Sistema de la Seguridad Social, establece que La Secretaria general para la Seguridad Social, a propuesta de la Tesorería General de la misma, podrá aplicar en forma paulatina, mediante Resoluciones publicadas en el , lo dispuesto en el apartado 6 del artículo 72 de la citada orden respecto de la Emision en forma mecanizada de los documentos de cotización correspondientes a las Cuotas fijas mensuales de los trabajadores por cuenta propia o ajena del régimen especial Agrario de la Seguridad Social a que se refiere el artículo 84 de dicha orden.

Finalizadas ya totalmente las tareas previas y necesarias de recogida de datos de los trabajadores afectados del citado régimen especial para su correcta identificación y Localizacion, resulta posible la puesta en marcha de esté nuevo procedimiento de cotización con carácter general en todo el territorio del estado.

Por ello, está Secretaria General para la Seguridad Social, a propuesta de La Dirección general de la Tesorería General de la Seguridad Social y en uso de las facultades que tiene conferidas, resuelve lo siguiente:

La Tesorería General de la Seguridad Social emitirá de forma mecanizada los documentos de cotización relativos a las liquidaciones de Cuotas fijas de los trabajadores por cuenta propia o ajena incluídos en el campo de Aplicación del régimen especial Agrario de la Seguridad Social a partir de las correspondientes al mes de enero de 1987 y remitirá dichos documentos a los sujetos obligados para su pago en la forma prevista en el artículo 84 de la orden de 23 de octubre de 1986.

El Ingreso...

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