RESOLUCIÓN de 13 de enero de 2003, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se establecen las condiciones de envío de la información de subvenciones y ayudas públicas procedente del Fondo Español de Garantía Agraria.

MarginalBOE-A-2003-2070
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Hacienda
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN de 13 de enero de 2003, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se establecen las condiciones de envío de la información de subvenciones y ayudas públicas procedente del Fondo Español de Garantía Agraria.

La Orden ministerial de 13 de enero de 2000, por la que se regula la remisión de información para la creación de la base de datos nacional de subvenciones y ayudas públicas, establece en su apartado noveno que, en relación con las ayudas financiadas por la Sección Garantía del Fondo Europeo de Orientación y Garantía Agraria (FEOGA-G), será el Fondo Español de Garantía Agrícola (FEGA), como organismo de coordinación, el obligado a facilitar a la Intervención General de la Administración del Estado la información derivada de los pagos realizados por los distintos Organismos Pagadores.

La citada Orden ministerial establece en el mismo apartado que, dadas las características especiales de las ayudas financiadas con fondos de la Unión Europea fundamentalmente en cuanto a la normativa aplicable en cada momento y, en particular, a su tramitación, a los períodos especiales de control y a las nomenclaturas utilizadas, la Intervención General de la Administración del Estado realizará las adaptaciones necesarias en el contenido de los anexos de la Orden para contemplar estas peculiaridades.

Asimismo, en la disposición adicional se establece que la Intervención General de la Administración del Estado podrá modificar las especificaciones técnicas, los soportes informáticos y telemáticos utilizables en el intercambio de información con los órganos gestores de subvenciones y ayudas públicas, así como la estructura lógica de la información que deban contener, de acuerdo con las posibilidades técnicas de cada momento.

Dado que el Fondo Español de Garantía Agraria viene obligado a presentar a la Comisión Europea información sobre la Sección de Garantía del FEOGA, se ha considerado más operativo que este Organismo facilite la información de acuerdo con el contenido y formatos normalizados previstos por la normativa...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR