Corrección de erratas de la Orden de 29 de agosto de 1985 por la que se fijan los precios de venta al público de las labores de cigarros comercializados por «Tabacalera, Sociedad Anónima».

MarginalBOE-A-1985-23926
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Economia y Hacienda
Rango de LeyCorrección
BOE
núm.
278
Miércoles
20
noviembre
1985
36683
Ilustrísimo señor:
De conformidad con
el
artículo
5.
odel Real Decreto 2332/1984,
de
14
de noviembre,
Este Ministerio ha tenido abien disponer:
Primero.-La cuantía del derecho regulador para las importacio-
nes en
la
Península eislas Baleares de los cereales
Que
se indican
es
la
que acontinuación se detalla para los"mismos:
Segundo.-EslOS 'derechos estarán
en
vigor desde la fecha de
publicación de
la
presente Orden hasta su modificación.
Lo que comunico a
V.
I:
para su conocimiento yefc:ctos.
Dios guarde a
V.
l.
muchos años.
Madrid,
19
de noviembre de 1985
.•
SOLCHAGA CATALAN
Ilmo.
Sr.
Director general de Política Arancelaria eImportación.
23926
CORRECCION
de
erralas de
la
Orden de 29 de
agoslo de 1985 por la que sefijan los precios de venIa
al público de las labores de cigarros comercia/izados
por «Tabacalerq., Sociedad Anónima».
Padecido error en la inserción de la citada Orden, publicada en
el
«Boletín Oficial del Estado»
número
209, de fecha
31
de agosto
de 1985, aconti!1uación se formula la
oportuna
rectificación:
En la página 27552, O) Labores importadas, Romero yJulieta,
8.'
y
9.'
lineas, donde dice: «Regalitas Habana (caja
5)
... 144,
RC$'llitas Habana (caja 25)...
144~,
debe decir:
~Ragalias
Habana
(caja
5)
...
144, Regalías Habana (caja 15)...
144~.
Producto ParJida Pf:setas
Tm
neta
arancelaria
Centeno.
1O.02.B
Contado: 6.321
Mes
en
curso: 6.321
Cebada.
1O.03.B
Contado: 7.909
Mes
en
curso: 7.909
Diciembre: 8.103
Enero: 9.560
Avena.
1O.04.B
Contado: 3.541
Mes
en
curso: 3.541
Maíz. 1O.05,B.ll Contado: 6.282
Mes
en
curso: 6.282
Diciembre: 7.013
Enero: 7.392
Mijo.
10.07.B Contado: 3.215
Mes
en
curso: 3.215
Sorgo. 1O.07.C.ll Contado: 5.665
Mes
en
curso: 5.665
Oiciembre: 5.802
Enero: 5.394
Alpiste. 10.07.0.11 Contado: 10
Mes
en curso:
10
En consecuencia, esta "Dirección General
ha
tenido abien dictar
las siguientes instrucciones:
.Primera.
La
retención indirecta acuenta del Impuesto sobre
la
Renta de las Personas Físicas, retenciones sobre
el
rendimiento del
trabajo,-deberá cumplimentarse en
el
modelo oficial
190,
que
se
aprueba
por
esta Resolución yque figura como anexo 1 A Y B para
la
boja resumen yanexo nI Apara las hojas interiores de detalle.
La
retención directa a.cuenta del Impuesto sobre
la
Renta de las
Personas Físicas, Retención sobre
el
Rendimiento del Trabajo.
deberá cumplimentarse
eJe
el
modelo oficial
191
Que
se aprueba por
esta Resolución yque figura como anexo
11
A Y B para
la
hoja
resumen yanexo nI Bpara )as hojas interiores de detalle.
Segunda.
No
podrá emplearse papel continuo de ordenador,
aun
cuando sean modelos idénticos
al
oficial.
Tercera. Las' presentaciones en soporte magne'tico pueden
realizarse de forma individual ode
foona
colectiva, según que
el
archivo correspondiente
~ntenga
los datos de un retenedor, en
el
primer caso, ode varios
en
el
segundo.
La persona fisica oentidad juridica que optase
por
presentar
la
totalidad
de
la información
en
soporte magnético lo realizará
si
n
petición previa y
en
la Administración oDelegación de Hacienda
que
le
corresponda,
en
los plazos fijados reglamentariamente.
Las presentaciones colectivas
se
realizarán sin petición previa
en
el Centro de Proceso de Datos del Ministerio de Economía y
Hacienda,
en
estos momentos sito
en
calle
de
Josefa Valcárcel,
número 46, 28027·Madrid, siempre que incluya retenedores de dos
omás Delegaciones.
En el caso de presentaciones colectivas en soporte magnético.
los retenedores autorizaran esta presentación,
silo
estiman necesa-
rio, ala Empresa de servicio correspondiente de forma similar a
la
que se ha consignado
en
la
pane
inferior del anexo X.
Los soportes magnétiCos presentados han de cumplir, obligato-
riamente,
las
características siguientes:·
Cinta magnética:
Pistas:
9.
Densidad: 800, 1.600 Ó6.250 BPI.
Código: EBCDIC.
Etiquetas: Sin etiquetas.
Marcas: En principio yfin de cinta.
Factor de bloqueo:
10.
Diskette:
De
una sola cara.
Registros de
128
posiciones.
Factor de bloqueo:
1.
Código: EBCDIC.
Han·de
contener en pista
00,
en
el
sector 008, los siguientes
datos:
En posiciones l a
4:
HDR
1.
En posiciones 6 a
9:
TPXX,
siendo XX las dos últimas cifras del
ejerciCIO
aque corresponde la ¡5resentación.
En posiciones
25
a
27:
128
(longitud del registro)
En posiciones
29
a33: 01001 (pista y.sector
donde
comienza
la
información). .
En posiciones
35
a
39:
73026 (pista ysector de
la
capacidad
mb:ima
del diskette).
En posiciones
43:
P(información protegida).
En ,posiciones:
4,5:
En blanco si toda
la
información viene en un
sólo diskette, la letra «C» si la información va en más de uno yeste
no es eLúltimo, yla letra
«L»
si es
el
,Ultimo.
En posiciones 46 a
47:
NN
(siendo
NN
el
número secuencial de
los volúmenes presentados).
Todas las demás etiquelas del diskette (de
08
a26) deben
presentarse correctamente anuladas.
Si por
las
c.aracterísticas del equipo de que disponga no puede
ajustarse alas especificaciones tisicas exigidas, podrán dirigirse a
la
dirección antes mencionada, solicitando la autorización para
su
presentación, exponiendo sus propias características técnicas y
el
número de retenedores yperceptores que presentarla.
La portada del impreso 190 ó
191
(ejemplar para
el
interesado
ypara la 'Administración) que
han
de adjuntarse
al
soporte
magnético puede presentaTle impresa en papel continuo de
ordena~
dor, siempre que se ajuste
al
modelo oficial que figura como anexos
1y
11.
No admitiéndose nunca en papel continuo la presentación
de las hojas que contienen la .relación de perceptores,
ni
siquiera
la
portada, si no va acompañada aun soporte magnético.
Cuartito Todas las recepciones de soportes magneticos en
Administraciones yDelegaciones de Hacienda serán provisionales
aresultas de su -proceso ycomprobación, dándose por no presenta-
das cuando.
0,0
se ajusten
al
diseño establecido. vdemás non;nas
regla-mentanas.
ORDENde
19 de noviembre de 1985 sobrefijación del
derecho regulador para
la
importación de cereales.
23927
RESOLUCION
de 4de noviembre de 1985, del
Centro de Gestión yCooperación Tributaria, por
la
que se aprueban los modelos de declaración, de las
Retenciones directas eindirectas acuenta del
Impuesto sobre
la
Renta de las Personas Físicas ydel
Impuesto sobre las Sociedades ylos diseños jisicos y
lógicos para sustituirlos por soportes magnéticos legi-
bles directamente por ordenador.
lIu"Strísimos señores:
La Resolución de 20 de abril de
198.1,
de la Dirección General
de Tributos, que establecía las normas ydiseños fisicos ylógicos
para sustituir las hojas interiores de los modelos 190 y191,
por
soportes magnéticos, ha cumplido un importante papel
en
la
mejora de la n:cepción de la información contenida
en
éstos
modelos; sin embargo,.
el
desarrollo yconsiderable
aumento
del
número de equipos informáticos, así como
la
necesidad de facilitar
la estimable labor que en este campo realizan Asesorías, Gestorías
ydemas empresas de servicios, hace necesario introducir algunas
modificaciones
en
dichos modelos ydiseños que faciliten y
simplifiquen las presentaciones colectivas en soporte magnético y
permitan una mejora en la .calidad de
l!l
información~
23925

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