Orden 110/1997, de 4 de junio, por la que se señala la zona de seguridad para la instalación militar Acuartelamiento Gobierno Militar de Cádiz.

MarginalBOE-A-1997-13309
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Defensa
Rango de LeyOrden

Por existir en la Región Militar Sur la instalación militar denominada Acuartelamiento Gobierno Militar, situada en el término municipal de Cádiz, se hace aconsejable preservarla de cualquier obra o actividad que pudiera afectarle, de conformidad con lo establecido en el Reglamento de ejecución de la Ley 8/1975, de 12 de marzo, de Zonas e Instalaciones de Interés para la Defensa Nacional.

En su virtud, y de conformidad con el informe emitido por el Estado Mayor del Ejército, a propuesta razonada del General jefe de la Región Militar Sur, dispongo:

Primero.-A los efectos prevenidos en el capítulo II del título I del Reglamento de Zonas e Instalaciones de Interés para la Defensa Nacional, aprobado por el Real Decreto 689/1978, de 10 de febrero, que desarrolla la Ley 8/1975, de 12 de marzo, el Acuartelamiento Gobierno Militar de Cádiz, del término municipal de Cádiz, se considera incluido en el grupo IV de los señalados en el artículo 8 del citado Reglamento.

Segundo.-De conformidad con lo preceptuado en el artículo 26 del citado Reglamento, se establece una zona próxima de seguridad al Acuartelamiento Gobierno Militar de Cádiz, cuyos límites están definidos por las siguientes coordenadas UTM:

Coordenadas

Punto / X / Y

A / 741.783 / 4.047.143

B / 741.735 / 4.047.186

C / 741.760 / 4.047.203

D / 741.783 / 4.047.211

E / 741.810 / 4.047.205

F / 741.822 / 4.047.197

Tercero.-La presente Orden estará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 4 de junio de 1997.

SERRA REXACH

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