Corrección de erratas de la Orden de 3 de enero de 1986 por la que se desarrolla el Real Decreto 2472/1985, de 27 de diciembre, por el que se dispone la emisión de Deuda del Tesoro, interior y amortizable, durante el ejercicio de 1986 y por la que se delegan en el Director general del Tesoro y Política Financiera determinadas competencias.

MarginalBOE-A-1986-2554
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Economia y Hacienda
Rango de LeyCorrección
4208
Viernes
31
enero 1986
BOE-núm.27
2554
2553
2555
ORDEN
de 30 de enero
de
1986 sobre
jijad6n
del
derechoregu/lldor
para
la
importaci6n
de
cerea/es.
Ilustrísimo señor:
De
conformidad con el artículo
S.o
del Real
Decreto
2332/1984,
de
14
de
noviembre,
'.
. . i
Este Ministerio
ha
tenido abien disponer:
Primero.-La cuanti.a del derecho regulador para las 'importacio-
nes
en
la
Peninsula eISlaS Baleares
de
los éetea1es
que;
se indican
es la que acontinuación se detalla para tós mismos:
Producto Panida
Pesetas
Tm
ReUI
arancelaria
Centeno. 10.02.B Contado: 9.896
Fehrero:
1O.08S
.
Cebada.
1O.03.B
Contado: 11.470
Febrero: 11.667
Avena.
1O.00.B
Contado: 6.347
Febrero:·6.541 '
Maíz. 1O.0S.B.1I. Contado: 8.SS I
Febrero: 8.738
Mijo. 10.07.8- Contado: 2.519
Febrero: 2.668
..
Sorgo. 1O.07.c.n Contado: 8.135
Febrero: 8.251
Alpiste. 1O.07.D.1I Contado: 10
,Febrero: 10
Segundo.-Estos derechos estarán en vigor desde la fecha de
publicación de la preS(nte Orden hasta su modificación.
Lo
Que
comuniCo aV.
1.
para su conocimiento yefeétos.
Dios
~uarde
aV.
l. muchos años. _ . .
Madnd, 30 de enero de 1986.-P. D.
(orden
de 26 de noviembre
de 1985), el Secretario
de
Estado de Comercio, Luis de Velasco
Rami. -
Ilmo. Sr. Director general de Comercio Exterior.
(!ORRECCJON de erra/as de
la
Orden
de
3de enero
de J
986
por la que se desarrolla el Real Decreto
2472//985, de 27 de diciembre. por
el
que se dispone
la emisión de Deuda del Tesoro. interior yamortiza;
ble.
durante el ejercicio de 1986 y.por
la
que se delegan
en
el
Director general del Tesoro yeolítica Financiera
determinadas compete1K'ias. '
Padecidos errores
en
la inserción de la citada Orden, publicada
en
el
«Boletín Oficial del Estado»· número· 4,
de
fecha 4de enero
de 1986, acontinua.ción se formulan las oportunas' rectificaciones:
En la página 984, primera columna, 1.2,· cuarta línea, donde
dice; «máxima que, sumada al crédito citada y a la Deuda del ,
Estado que», debe decir. «máxima
que-,
sumada
al crédito citado y
ala Deuda del Estado que».
En la
pálina
985, primera columna, tercer pári'afo, octava linea,
donde dice: «Que se hace referencia el número 2de esta Orden.»,
debe decir: «que hace referencia el número 2de esta Orden.».
En las mismas
pálina
ycolumna, 5.1.2, tercera linea, donde
dice:
4CSUbasta,
meanuncios
en
los medios de comunicación
yenlt, debe decir: «subastas; mediante anuncios
en
los medios de .
comunicación
yen».
"
.;
,
En
la
pálina
985, segunda columna, S.6: lineas 4 y
lO,
donde
dice; «suscnpores
un
recibo acreditativo del ingreso correspon-
diente alos Pagarés del Tesoro que
les
hayan sido adjudicados.»,
debe decir. «suscriptores
un
recibo acreditativo del ingreso corres-
pondiente alos Pagarés del Tesoro que les hayan sido adjiJdica-
dos.». -
CIRCULAR
número 938, de
31
de diciembre de
1985,
de la Dirección General
de
Aduanas eImpuestos
Especiales. sobre asignación de claves estadísticas.
La publicación en
el
«Il-oletin Oficial del Estado», del dia
11
de
diciembre último, del Real Decreto
~290/1985,
de fecha 4del
mismo mes, que modifica
la
estructura del Arancel
de
Aduanas, así
como la necesidad de considerar las modificaciones de la NIMEXE
para 1986, hacen imprescindibles
la
adaptación de nuestras estadi
..
ticas sobre Comercio Exterior a
las
v.naciones'
introducidas-.
Por
otra
parte,
la supresión de diversos impuestQS ytasas, a
.
panir
del 1de enero de 1986, aconsejan
la
desaparición de aquellas
posiciones (claves) estadísticas
que
fueron creadas para la liquida·
ción mecanizada de los mismos. '
Pot
último, la entrada de España yPortugal
en
la Comunidad
Económica Europea ha originado la variación. entre otros,
d.e
los
Códigos de Países que tenian asignados anteriormente. '
En
con~encia,
esta Dirección,
en
uso
de
las atribuciones que
tiene conferidas,
ha
tenido abien acordar:
Primero.-Modificar, con efectos desde 1de enero de 1986; la
actual subdivisión estadística
en
el sentido
que
figura en
él
'anejo
número
l.
Segundo._Publicar el Código de Paises, así
como
las posiciones
(claves) estadísticas de carácter especial. ,todo ello con vigencia
desde el Ide enero de 1986,
en
el sentido
que
figura en
eL
anejo
número
2.
Sin
pe~uicio
de lo indicado en los anteriores apartados,
la
presente CircUlar entrará
en
vigor
el
día de su publicación
en
ef"
«Il-oletin Oficial del Estado».
Lo
que comunico a
VV.
SS.
~ra
su
conocimiento y
el
de los
Serviciosque
dependen de
VV.
SS.
'
Madrid,
31
de diciembre de 1985.-EI Director general, Miguel
Angel del Valle yBolaño. .
Sr. Inspector
regi~~
de Aduanas eImpuestos Especiales de ".
Sr. Inspector-Adrnmlstradorde Aduanas eImpuestos Especiales
de ...
I

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