Orden TIN/1940/2008, de 4 de julio, por la que se distribuyen territorialmente para el ejercicio económico de 2008, para su gestión por las Comunidades Autónomas con competencias asumidas, subvenciones para financiar el coste imputable a 2008 del plan extraordinario de orientación, formación profesional e inserción laboral, aprobado por el Acuerdo del Consejo de Ministros de 18 de abril de 2008.

Fecha de Entrada en Vigor 5 de Julio de 2008
MarginalBOE-A-2008-11445
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Trabajo e Inmigración
Rango de LeyOrden

El artículo 86.2 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria establece que la Conferencia Sectorial correspondiente fijará los criterios objetivos que sirvan de base para la distribución territorial de los créditos de subvenciones cuya gestión han asumido las Comunidades Autónomas y que los compromisos financieros resultantes serán formalizados mediante Acuerdo del Consejo de Ministros.

Mediante Orden TAS/1157/2008, de 10 de abril, se han distribuido territorialmente para el ejercicio de 2008, para su gestión por las Comunidades Autónomas con competencias asumidas, subvenciones del ámbito laboral financiadas con cargo a los Presupuestos Generales del Estado. A la citada Orden ministerial, ha antecedido la aprobación, por la Conferencia Sectorial de Asuntos Laborales celebrada el 6 de febrero de 2008, de los criterios de distribución territorializada para el año 2008, así como la formalización del compromiso financiero adoptada por el Consejo de Ministros en su reunión de 15 de febrero de 2008.

Posteriormente, el Consejo de Ministros, mediante Acuerdo de 18 de abril de 2008, aprobó el plan extraordinario de orientación, formación profesional e inserción laboral para hacer frente al incremento del paro registrado, según la habilitación conferida por el artículo 8 del Real Decreto-ley 2/2008, de medidas de impulso a la actividad económica. Dicho artículo establece asimismo, respecto de la gestión por las Comunidades Autónomas de los créditos concedidos mediante esta disposición, que se distribuirán territorialmente entre las citadas Administraciones, de conformidad con lo establecido en los artículos 14 de la Ley 56/2003, de 16 de diciembre, de Empleo y 86 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.

La Conferencia Sectorial de Asuntos Laborales, en la reunión celebrada el 26 de junio de 2008, acordó los criterios objetivos de la distribución territorial para el ejercicio económico de 2008, así como la distribución resultante de las subvenciones correspondientes al plan extraordinario. El Consejo de Ministros, en su reunión de 4 de julio de 2008, decidió su formalización, por lo que debe procederse a la distribución de las cantidades asignadas a cada Comunidad Autónoma.

En consecuencia, he dispuesto:

Artículo 1 Objeto.

Dar publicidad a los criterios objetivos de la distribución territorial de las subvenciones correspondientes al coste imputable al ejercicio económico de 2008, referido al período temporal de ejecución septiembre-diciembre, del plan extraordinario de orientación, formación profesional e inserción laboral, aprobado por el Acuerdo del Consejo de Ministros de 18 de abril de 2008, que figuran en el anexo I de esta Orden, en el que aparecen, también, las cantidades correspondientes a cada una de las Comunidades Autónomas.

Artículo 2 Justificación.
  1. Finalizado el ejercicio económico de 2008, y no más tarde del 31 de marzo de 2009, las Comunidades Autónomas remitirán a la Subdirección General de Gestión Económica y Presupuestaria del Servicio Público de...

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