Orden APU/513/2007, de 1 de marzo, por la que se modifica la Orden APU/203/2004, de 29 de enero, por la que se crea un Registro Telemático en el Ministerio de Administraciones Públicas para la presentación de escritos y solicitudes y se establecen los criterios generales de tramitación telemática de determinados procedimientos.

Fecha de Entrada en Vigor10 de Marzo de 2007
MarginalBOE-A-2007-4943
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Administraciones Publicas
Rango de LeyOrden

El artículo 45 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común establece como obligación para aquéllas la promoción del empleo y aplicación de técnicas y medios electrónicos, informáticos y telemáticos para el desarrollo de su actividad y el ejercicio de sus competencias.

El Real Decreto 209/2003, de 21 de febrero, regula los registros y las notificaciones telemáticas, así como la utilización de medios telemáticos para la sustitución de la aportación de certificados por los ciudadanos.

Al amparo de esta regulación, diversos ministerios y organismos públicos han creado sus registros telemáticos, entre ellos el Ministerio de Administraciones Públicas a través de la Orden APU/203/2004, de 29 de enero. Mediante ella, se han establecido los criterios generales para la presentación telemática de escritos, solicitudes y comunicaciones relativas a determinados procedimientos, así como la creación de un Registro Telemático en el Ministerio de Administraciones Públicas encargado de la llevanza y recepción de dichos escritos y solicitudes.

En la actualidad, y con el fin de conseguir una mejor y más eficiente gestión, se considera oportuno extender el ámbito de aplicación del citado registro a un nuevo tipo de procedimientos caracterizados por su horizontalidad o carácter común al conjunto de la Administración General del Estado, posibilitando mediante encomienda de gestión la tramitación de los procedimientos relativos a la inscripción y pago de las tasas correspondientes a las convocatorias de procesos selectivos para el ingreso en Cuerpos o Escalas de personal funcionario o en plazas de personal laboral adscritos a la Administración General del Estado.

Para ello, resulta necesario modificar la Orden APU/203/2004, de 29 de enero, adecuando la actual estructura del Registro Telemático en el Ministerio de Administraciones Públicas, que pasa a contar con dos secciones diferenciadas: una Sección principal, que continúa desempeñando las funciones atribuidas al Registro desde su creación; y una Sección Auxiliar, encargada de la recepción de los escritos solicitudes y comunicaciones relativas a los nuevos procedimientos.

Asimismo, y entre otros extremos, la modificación incluye el Portal del ciudadano (www.060.es) como canal de acceso al Registro Telemático en el Ministerio de Administraciones Públicas y delega en la Subsecretaria de Administraciones Públicas la competencia para incluir nuevos procedimientos en el ámbito de aplicación de la Orden.

En consecuencia, dispongo:

Primero. Modificación del apartado primero de la Orden APU/203/2004, de 29 de enero.-Se modifica la redacción del apartado primero de la Orden APU/203/2004, de 29 de enero, por la que se crea un registro telemático en el Ministerio de Administraciones Públicas para la presentación de escritos y solicitudes y se establecen los criterios generales de tramitación telemática de determinados procedimientos, que queda redactado como sigue:

1. La presente Orden tiene por objeto la determinación de las reglas y criterios que han de observarse para la presentación telemática de los escritos, solicitudes y comunicaciones que se presenten respecto de los procedimientos administrativos incluidos en los anexos I y II a la presente Orden, así como la creación y regulación del régimen de funcionamiento de los Registros telemáticos encargados de la llevanza y recepción de dichos escritos, comunicaciones y solicitudes.

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