ORDEN CTE/718/2004, de 12 de marzo, por la que se establecen las bases y se hace pública la convocatoria de concesión de ayudas para la realización de acciones complementarias, en el marco de los Subprogramas Nacionales de Recursos y Tecnologías Agrarias en Coordinación con las Comunidades Autónomas y de Conservación de Recursos Genéticos de Interés Agroalimentario del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica 2004-2007.

MarginalBOE-A-2004-5112
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Ciencia y Tecnologia
Rango de LeyOrden

ORDEN CTE/718/2004, de 12 de marzo, por la que se establecen las bases y se hace pública la convocatoria de concesión de ayudas para la realización de acciones complementarias, en el marco de los Subprogramas Nacionales de Recursos y TecnologÃas Agrarias en Coordinación con las Comunidades Autónomas y de Conservación de Recursos Genéticos de Interés Agroalimentario del Plan Nacional de Investigación CientÃfica, Desarrollo e Innovación Tecnológica 2004-2007.

El Plan Nacional de InvestigaciónCientÃfica, Desarrollo e Innovación Tecnológica (I + D + I) para el periodo 2004-2007, aprobado por acuerdo del Consejo de Ministros del 7 de noviembre de 2003, prevé diversas modalidades de participación, entendidas como mecanismos para promover laparticipación de los agentes ejecutores de las actividades de I + D + I en el marco del Plan Nacional, y contempla, entre sus modalidades de participación, acciones complementarias para el desarrollo de actividades de I + D + I, como son las ayudas para fomentar la participación española en programas internacionales, el apoyo a la creación de redes temáticas, y las ayudas para la organización de congresos, seminarios o jornadas.

En este contexto, la estructuración y puesta en práctica de acciones complementarias se considera un mecanismo apropiado para la realización de actividades que impliquen el incremento de los conocimientos cientÃficos y tecnológicos en las áreas prioritarias incluidas en el Plan Nacional.

Esta convocatoria, de acuerdo con los objetivos definidos en el Plan Nacional, pretende promover acciones complementarias dentro de los Subprogramas Nacionales de Recursos y TecnologÃas Agrarias en Coordinación con las Comunidades Autónomas y el de Conservación de los Recursos Genéticos de Interés Agroalimentario, ambos correspondientes al Programa Nacional de Recursos y TecnologÃas Agroalimentarias.

Dado que la realización de este tipo de acciones contribuye al desarrollo regional, las ayudas contempladas en esta convocatoria se cofinanciarán, en su caso, con recursos procedentes de Fondos Estructurales de Desarrollo Regional.

Esta convocatoria de ayudas está coordinada con otras convocatorias del Plan Nacional y se dicta al amparo de la competencia estatal en materia de fomento y coordinación general de la investigación cientÃfica y técnica, prevista por el artÃculo 149.1 15.a de la Constitución.

La presente Orden se dicta de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

De conformidad con lo anterior, a propuesta del Director general del Instituto Nacional de Investigación y TecnologÃa Agraria y Alimentaria, se hace pública la presente Orden.

En su virtud dispongo:

Primero. Objeto.--El objeto de lapresente Orden es regular el procedimiento de concesión, en régimen de publicidad, objetividad y concurrencia competitiva, de ayudas financieras para la realización de acciones complementarias en el marco de los Subprogramas Nacionales de Recursos yTecnologÃas Agrarias en Coordinación con las Comunidades Autónomas y del de Conservación de Recursos Genéticos de Interés Agroalimentario ambos incluidos en el Programa Nacional de Recursos y TecnologÃas Agroalimentarias, y hacer pública la convocatoria de ayudas para el año 2004.

Segundo. Beneficiarios.

  1. Podrán ser beneficiarios de las ayudas previstas en la presente Orden los centros públicos de I + D, los centros privados de I + D sin ánimo de lucro y los centros tecnológicos.

  2. A estos efectos se entiende por:

    Centro público de I + D: Universidades públicas, Organismos Públicos de Investigación reconocidos como tales por la Ley 13/1986, de 14 de abril, de Fomento y Coordinación General de la Investigación CientÃfica y Técnica y, en general, cualquier centro de I + D dependiente de las Administraciones Públicas.

    Centro privado de I + D sin ánimo de lucro: Universidades y otras entidades privadas, con personalidad jurÃdica propia y sin ánimo de lucro, con capacidad o actividad demostrada en acciones de I + D.

    Centro tecnológico: Centros de Innovación y TecnologÃa reconocidos y registrados como tales por la Comisión Interministerial de Ciencia y TecnologÃa según el Real Decreto 2609/1996, de 20 de diciembre, por el que se regulan los Centros de Innovación.

    Tercero. Tipos de actuaciones.--Se consideran acciones complementarias:

    1. Actuaciones para fomentar la participación española en programas internacionales, con especial referencia al Programa Marco de I + D de la Unión Europea. El objetivo es fomentar la colaboración y cooperación de los grupos de investigación españoles con grupos de otros paÃses, asà como concurrir a los fondos de los programas internacionales, financiando actuaciones relacionadas con la búsqueda de socios de otros paÃses y con la preparación de propuestas.

    2. La organización de congresos, seminarios, jornadas y cursos nacionales o internacionales de carácter cientÃfico y técnico, asà como la publicación de sus conclusiones y de los trabajos de carácter cientÃfico presentados. El objetivo es fomentar la cooperación entre los diversos grupos españoles que trabajen en temas recogidos en los Subprogramas Nacionales de Recursos y TecnologÃas Agrarias y Conservación de los Recursos Genéticos de Interés Agroalimentario.

    3. Publicación monográfica de trabajos de evidente interés cientÃfico-técnico y aplicativo, cuyo objetivo sea recoger resultados derivados de investigaciones realizadas enel marco de los dos Subprogramas objeto de esta Orden.

    4. Apoyo a las redes temáticas de carácter cientÃfico-técnico en las que participen diversos agentes del Sistema de Ciencia-TecnologÃa-Empresa, con el fin de promover la cooperación entre agentes y facilitar el intercambio y la transferencia de conocimientos. Tendrán prioridad las actuaciones de las Redes Temáticas aprobadas dentro del Sistema INIA-CCAA.

    Cuarto. Naturaleza y cuantÃa de las ayudas.

  3. Las ayudas previstas en esta convocatoria tendrán siempre forma de subvención y podrán financiar total o parcialmente el presupuesto solicitado. Su cuantÃa se determinará, en cada caso, en función de los criterios de evaluación y selección, y de las disponibilidades presupuestarias. El montante global de la convocatoria queda supeditado a disponibilidades presupuestarias.

  4. Las ayudas concedidas serán compatibles con otras ayudas o subvenciones, cualesquiera que sea su naturaleza y la entidad que las conceda, siempre que conjuntamente no superen el coste total de la acción. El solicitante deberá declarar las ayudas que haya obtenido o solicitado para la misma acción, tanto al iniciarse el expediente como en cualquier momento en que ello se produzca, y aceptará las eventuales minoraciones aplicables para el cumplimiento de lo anteriormente indicado.

  5. La financiación de las ayudas a que se refiere esta convocatoria se imputará, al concepto presupuestario 20.204.542J.480 del presupuesto de gastos del INIA y con respecto a futuros ejercicios presupuestarios se condiciona su concesión a la existencia de presupuesto en cada momento.

  6. Esta...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR