ORDEN de 23 de julio de 1998 por la que se sustituyen las unidades escolares en Bata (Guinea Ecuatorial) y se delega en el Subsecretario del Departamento la competencia para la firma de un convenio de colaboración para la impartición de enseñanzas, conforme al sistema educativo español, en dicha localidad.

MarginalBOE-A-1998-18618
SecciónIII - Otras Disposiciones
Rango de LeyOrden

ORDEN de 23 de julio de 1998 por la que se sustituyen las unidades escolares en Bata (Guinea Ecuatorial) y se delega en el Subsecretario del Departamento la competencia para la firma de un convenio de colaboración para la impartición de enseñanzas, conforme al sistema educativo español, en dicha localidad.

Atendiendo a una petición de la Oficina de Cooperación en Guinea Ecuatorial, por Orden del Ministerio de Educación y Ciencia, de 4 de marzo de 1985, se crearon tres unidades escolares de Educación General Básica en dicho país, una de ellas en la localidad de Bata, a fin de atender la escolarización de los alumnos españoles.

La mayor demanda de plazas, especialmente por parte de alumnos ecuatoguineanos obligó a incrementar el número de unidades escolares, las cuales presentan en estos momentos unas características muy diferentes a las que tenían en el momento de su creación; en efecto, en la actualidad son ocho las unidades en funcionamiento, con un número de alumnos cercano a los doscientos, de los que un 90 por 100 son guineanos, por

lo que puede afirmarse que es ha producido una variación sustancial en las circunstancias, conforme a las cuales se crearon estas unidades. Por otra parte, la aplicación del nuevo sistema educativo, que no sólo establece la extensión de la educación obligatoria en dos cursos más, sino que, además, exige cumplir determinados mínimos en cuanto a espacios para su impartición, obligan a adaptar el desarrollo de la acción educativa en Bata aestas circunstancias. Partiendo del interés que la Administración educativa española tiene en el funcionamiento de unidades que impartan enseñanzas conforme al sistema español en dicha localidad, se considera necesario mantener la existencia de un centro docente en el que la impartición de las enseñanzas españolas quede asegurada. Para ello resulta precisa la firma de un convenio de colaboración con la Comunidad de Salesianos San Juan Bosco de Bata, dado que esta institución goza de una reconocida experiencia y prestigio en el ámbito docente, y dispone de instalaciones adecuadas en Bata y un suficiente grado de implantación en el país. En este convenio, que se concluirá al amparo del artículo 7.1.d) del Real Decreto 1027/1993, de 25 de junio, por el que se regula la acción educativa en el exterior, está prevista también la participación de la Agencia Española de Cooperación, con cargo a cuyo presupuesto se prevé adaptar los locales del centro y sufragar los costes del...

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