Resolución de 20 de septiembre de 2013, de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, por la que se desarrolla la implantación de los servicios de orientación educativa en el ámbito de gestión del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte en las ciudades de Ceuta y de Melilla.

Fecha de Entrada en Vigor 5 de Octubre de 2013
MarginalBOE-A-2013-10324
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Educacion, Cultura y Deporte
Rango de LeyResolución

La Orden EDU/849/2010, de 18 de marzo, regula la ordenación de la educación del alumnado con necesidad de apoyo educativo y los servicios de orientación educativa en el ámbito de gestión del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte en las Ciudades de Ceuta y de Melilla. Se ordena la estructura, organización y funcionamiento de los servicios de orientación educativa teniendo en cuenta que el asesoramiento especializado que proporcionan los profesionales de estos servicios a la comunidad educativa contribuye a la adecuada atención del alumnado a lo largo de su escolaridad.

El artículo 57 de la citada orden configura los servicios de orientación en unidades de coordinación de la orientación educativa, equipos de atención temprana, unidades de orientación y departamentos de orientación.

La implantación de la estructura y organización, anteriormente señalada, requiere la supresión de los equipos de orientación educativa y psicopedagógica generales actuales, la creación de un equipo de atención temprana, la implantación de las unidades de orientación en los centros de educación infantil y primaria y en los centros de educación especial, la implantación de las unidades de coordinación de la orientación educativa y la redistribución de los profesionales implicados.

En la disposición transitoria única de esta misma orden se determina la implantación progresiva de la estructura y organización de los servicios de orientación educativa.

La disposición final primera de la Orden EDU/849/2010, de 18 de marzo, determina que corresponde a la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades dictar cuantas resoluciones e instrucciones sean necesarias para la aplicación de la citada orden.

Con el fin de desarrollar la citada disposición transitoria y la puesta en marcha de los servicios de orientación educativa, dispongo:

Primero. Objeto y ámbito de aplicación.

Esta resolución tiene por objeto desarrollar aquellos aspectos que, de acuerdo con la Orden EDU/849/2010, de 18 de marzo, deben ser establecidos para determinar la organización y funcionamiento de los servicios de orientación educativa en el ámbito de gestión del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte en las Ciudades de Ceuta y de Melilla.

Segundo. Unidad de coordinación de la orientación educativa.

  1. Se crea una unidad de coordinación de la orientación educativa en Ceuta y...

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