Resolución de 20 de mayo de 1992, de la Secretaría de Estado de Comercio, por la que se modifica el régimen de intercambios comerciales de importación con determinados terceros países.

MarginalBOE-A-1992-11850
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Industria, Comercio y Turismo
Rango de LeyResolución

El Reglamento (CEE) número 2727/90 supuso la suspensión, hasta el 31 de diciembre de 1991, de algunas de las restricciones que mantenían los Estados miembros respecto a la República Federativa de Yugoslavia. No obstante y como consecuencia de los últimos acontecimientos acaecidos en este país, la Comunidad Europea ha aprobado los Reglamentos (CEE) números 3859/91 y 848/92, por los que se han prorrogado hasta el 31 de diciembre de 1992 dichas suspensiones, únicamente respecto a los productos originarios de las Repúblicas de Croacia, de Eslovenia y de Bosnia-Herzegovina y de las Repúblicas yugoslavas de Macedonia y Montenegro.

Por otra parte, y ante la disolución de la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas, el mencionado Reglamento (CEE) número 848/92 ha sustituido esta denominación por la de los distintos Estados independientes que formaban parte de la misma, a la vez que les asigna a dichos Estados el régimen comercial de importación que se aplicaba respecto a la antigua Unión Soviética.

La entrada en vigor de los Acuerdos de Asociación suscritos por la Comunidad Europea con Hungría, Polonia y la República Federativa Checa y Eslovaca conlleva una sustancial modificación en las restricciones cuantitativas que pueden mantenerse con estos países.

Por todo ello, procede modificar, en lo que respecta al régimen comercial de importación de los mencionados...

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