Resolución de 9 de octubre de 2013, de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, por la que se publica el Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas de 19 de julio de 2013.

MarginalBOE-A-2013-11015
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Hacienda y Administraciones Públicas
Rango de LeyResolución

La Comisión General de Formación para el Empleo en las Administraciones Públicas acordó, en su reunión de 19 de julio de 2013, aprobar el Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas (IV Acuerdo de Formación Continua en las Administraciones Públicas de 21 de septiembre de 2005).

Dicho Acuerdo ha sido ratificado por la Mesa General de Negociación de las Administraciones Públicas en su reunión de 26 de septiembre de 2013.

A través del Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas se lleva a cabo la segunda modificación del IV Acuerdo de Formación Continua en las Administraciones Públicas de 21 de septiembre de 2005, de conformidad con el procedimiento previsto en la disposición adicional sexta de dicho Acuerdo. La primera modificación se produjo el 22 de marzo de 2010, por Resolución 8 de junio de 2010 de la entonces Secretaria de Estado para la Función Pública.

La modificación que ahora se efectúa, tiene como finalidad principal, la adaptación del Texto a lo dispuesto por las sentencias del Tribunal Constitucional relativas a las competencias autonómicas sobre la gestión de la formación de los empleados públicos de la Administración Local.

El texto del Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas (IV Acuerdo de Formación Continua en las Administraciones Públicas de 21 de septiembre de 2005) pasa a ser el que de manera íntegra figura como anexo y a continuación de la presente resolución.

Por lo que, a fin de favorecer su general conocimiento, esta Secretaría de Estado ha resuelto ordenar su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 9 de octubre de 2013.–El Secretario de Estado de Administraciones Públicas, Antonio Germán Beteta Barreda.

TEXTO APROBADO POR LA COMISIÓN GENERAL DE FORMACIÓN PARA EL EMPLEO DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS EN SU REUNIÓN DE 19 DE JULIO DE 2013 PARA SU ADAPTACIÓN A LO DISPUESTO POR LAS SENTENCIAS DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL RELATIVAS A LAS COMPETENCIAS AUTONÓMICAS SOBRE LA FORMACIÓN DE LOS EMPLEADOS PÚBLICOS DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL

ACUERDO DE FORMACIÓN PARA EL EMPLEO DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS DE 22 DE MARZO DE 2010 (IV ACUERDO DE FORMACIÓN CONTINUA EN LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS DE 21 DE SEPTIEMBRE DE 2005)

Preámbulo

Desde la perspectiva de las Administraciones Públicas, la formación profesional continua y el reciclaje profesional de todos los empleados públicos constituye una necesidad imprescindible en orden a conseguir sus objetivos permanentes de eficacia y de modernización. Pero, hoy en día, su necesidad es más imperiosa dada la rápida evolución de los conocimientos y de las tecnologías de la información y de las comunicaciones y, con ello, de los requerimientos de la Administración a sus empleados. La formación constituye un factor relevante para incrementar la productividad de cada empleado público y de la organización en su conjunto, siendo éste un objetivo esencial para alcanzar los niveles de competitividad a que debe aspirar un país como el nuestro, en el marco de la Unión Europea y en la dinámica de la globalización.

Pero también no sólo la formación contribuye a la mejor calidad del trabajo desarrollado, sino que es un instrumento de motivación y compromiso del personal, de creación de cultura y valores, de progreso personal y profesional, y de transmisión y conservación del conocimiento. Todos estos elementos influyen de modo directo en el mejor desempeño y son uno de los signos distintivos de las organizaciones más avanzadas y eficientes. En definitiva, la formación es una de las mejores inversiones que puede hacer cualquier organización y paralelamente, desde la posición de los empleados públicos, la formación profesional constituye sin duda una herramienta esencial en el desarrollo de su carrera profesional.

Los empleados públicos han participado en esta modalidad de formación a raíz del Acuerdo Administración-Sindicatos de 15 de septiembre de 1994. Desde entonces, se han suscrito tres acuerdos sobre formación continua caracterizados por la corresponsabilidad de las Administraciones Públicas y la participación de los agentes sociales en el diseño e implantación de la formación continua, desarrollando un modelo de gestión basado en la concertación social y en el desarrollo de instituciones paritarias sectoriales y territoriales que han contribuido a mejorar cada vez más el sistema de formación de los empleados públicos.

En esta línea, la Declaración para el Diálogo Social en las Administraciones Públicas, firmada el 21 de septiembre de 2004 por las Organizaciones Sindicales CC.OO., UGT y CSI-CSIF con el Ministro de Administraciones Públicas, estableció la voluntad de «impulsar y fomentar la Formación Continua vinculándola a la promoción, carrera profesional y adecuación de los perfiles profesionales a las nuevas necesidades de las Administraciones Públicas.» Más recientemente, este planteamiento ha sido reproducido en el Acuerdo Gobierno-Sindicatos para la función pública en el marco del diálogo social 2010-2012, firmado el 25 de septiembre de 2009 por las mismas Organizaciones Sindicales con la Vicepresidenta Primera del Gobierno y Ministra de la Presidencia.

El Acuerdo para el período 2006-2009 prorroga su vigencia con carácter indefinido e incorpora los esfuerzos realizados y resultados obtenidos en los anteriores Acuerdos; se avanza en esta dirección conservando y reforzando el elemento más importante que es el diálogo entre las partes implicadas, utilizándolo como herramienta fundamental para abordar los nuevos retos que habrán de tener por horizonte la mejora constante en la prestación de los servicios a los ciudadanos, y se añaden otros nuevos contenidos que lo enriquecen y le dan un nuevo enfoque a la formación continua de los empleados públicos y que son el fruto de una reflexión consensuada entre todos los sectores que participan en el sistema. Entre estos, destacan los siguientes:

En primer lugar, el importante papel que asumen los planes interadministrativos caracterizándose por estar destinados no sólo al personal al servicio de la Administración promotora, sino que se abre la posibilidad de dar formación a los empleados públicos al servicio de otras Administraciones, bien a través de un único promotor o en colaboración entre varios promotores, mediante Convenios o a través del instrumento jurídico que, en cada caso, resulte pertinente.

En segundo lugar, se introducen importantes mecanismos de intercambio de información, y de coordinación y promoción de planes y acciones formativas conjuntas, reforzándose la realización de actividades complementarias en materia de información, divulgación y fomento de la participación y cuantas otras tengan relación con el programa de formación continua en las Administraciones Públicas.

Este nuevo Acuerdo Nacional de Formación Continua, incorpora además nuevas líneas de actuación entre las que figuran las siguientes:

La renovación permanente de las instituciones y, consiguientemente, del marco normativo de la formación profesional, de tal modo que se garantice en todo momento la deseable correspondencia entre las cualificaciones profesionales y las necesidades de las Administraciones Públicas.

Fomento del acceso universal y continuo al aprendizaje permanente dado que es un elemento esencial en la sociedad del conocimiento.

Adaptación de las ofertas de formación, especialmente las dirigidas a aquellos colectivos que puedan tener mayores dificultades, de forma que se prevenga su exclusión social y que sean motivadores de futuros aprendizajes mediante el reconocimiento de las competencias obtenidas a través de estas ofertas específicas.

Establecimiento de cauces de comunicación y participación con las instituciones competentes en materia de formación continua de los ámbitos nacional y comunitario.

Promover un funcionamiento del sistema que garantice la eficiencia y eficacia en el desarrollo de toda la actividad formativa así como la implantación de cauces y posibilidades de compartir recursos formativos, criterios, normas y pautas de actuación que sirvan de apoyo a las políticas compartidas por las Administraciones Públicas.

Fomento de las medidas, en materia de formación, que tiendan a favorecer la conciliación de la vida familiar y laboral en la realización de las actividades formativas que se efectúen dentro de este Acuerdo.

Además de lo anteriormente señalado, debe destacarse que el Acuerdo fue prorrogado tácitamente el año 2010. Posteriormente, y fruto de la negociación entre las Administraciones Públicas y Organizaciones Sindicales firmantes, se consideró oportuno acordar la prórroga del Acuerdo dotándole de una vigencia indefinida, salvo denuncia según el procedimiento establecido a tal efecto, e introducir en su texto una serie de modificaciones con el fin de adecuarlo a la realidad institucional existente e introducir mecanismos de mejora de la eficacia y eficiencia en relación con los procedimientos y recursos disponibles para la consecución de los fines establecidos.

Entre las modificaciones se encuentra la referente al cambio de denominación del Acuerdo. Con la referencia expresa al concepto de Empleo de las Administraciones Públicas se pretende introducir una terminología acorde con la ya existente en relación con otras normas básicas reguladoras de la formación y de otras materias íntimamente relacionadas, en concreto, el Estatuto Básico del Empleado Público, y, al mismo tiempo, establecer en el propio enunciado del Acuerdo una referencia al objetivo esencial implícito en el mismo, dado que la actividad de formación irá dirigida en todo caso a la consecución de la mejora en el empleo de las Administraciones Públicas. De manera acorde con esta nueva denominación...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR