Orden EDU/3622/2009, de 18 de diciembre, por la que se convocan ayudas para becas y contratos del Programa 'Salvador de Madariaga' en el Instituto Universitario Europeo de Florencia, en el marco del estatuto del personal investigador en formación del Programa Nacional de Formación de Recursos Humanos de Investigación, del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica 2008-2011.

MarginalBOE-A-2010-358
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Educación
Rango de LeyOrden

La oferta de formación de posgrado para realización de estudios en el extranjero, constituye un instrumento destacado de la política española para la formación de recursos humanos en I+D+I en países con grupos y centros de excelencia. En este sentido la formación de doctores en el Instituto Universitario Europeo, ha sido uno de los centros de interés prioritario, dando lugar a convocatorias públicas para la concesiones de becas, inicialmente en colaboración con la Agencia Española de Cooperación Internacional (AECI) y el Instituto Universitario Europeo.

Dicha convocatoria tanto por las características como por la finalidad del programa, asumió un nuevo modelo con la Orden de 23 de febrero de 2009 («BOE» de 27 de febrero), por la que Ministerio de Ciencia e Innovación la gestionaría directamente y asumiría los gastos de las ayudas a los beneficiarios españoles a partir de septiembre de 2009, contando con la colaboración del IUE durante el cuarto año en los términos indicados en el Convenio-Marco y que se fijan en el protocolo anual. Por su parte el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación seguirá con la convocatoria de ayudas destinadas a candidatos iberoamericanos y la financiación de las mismas.

Con la presente convocatoria se da continuidad a la iniciada en 2009, incluida en el marco de la línea instrumental de actuación en recursos humanos del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica (I+D+i) 2008-2011 («BOE» de 9 de febrero) y que está incluida en el ámbito del Real Decreto 63/2006, de 27 de enero («BOE» de 3 de febrero), por el que se aprueba el Estatuto del personal investigador en formación.

Las ayudas de formación que se convocan están contempladas en el Convenio Marco del Programa Salvador de Madariaga, procurando la formación de investigadores en el Instituto Universitario Europeo de Florencia, institución que ocupa un lugar preeminente en el ámbito científico europeo en las áreas de Derecho, Economía, Historia, Ciencia Política y Sociología.

Por otra parte, de acuerdo con el Convenio de colaboración entre la Secretaria de Estado de Universidades e Investigación y la Fundación Española de Ciencia y Tecnología (FECYT) para la gestión de programas de ayudas en el marco del Estatuto del personal investigador en formación aprobado por el Real Decreto 63/2006, de 27 de enero, la FECYT actuará como entidad colaboradora para la gestión de las ayudas concedidas a todos los beneficiarios de esta convocatoria, dado que el centro de destino se encuentra en el extranjero.

La presente convocatoria se adecua a la Orden ECI/266/2008, de 6 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones públicas y se fijaron los objetivos y los principios de gestión básicos de esta Línea Instrumental.

De acuerdo con lo que antecede, el ámbito de aplicación y el objeto de estas subvenciones, que se extienden a un centro del EEES y que, exigen el requisito de movilidad de los estudiantes, hace que se trate de subvenciones cuya gestión le corresponde al Ministerio de Educación en base al criterio de supraterritorialidad.

Por las razones expuestas y de acuerdo con los artículos 10.1 y 23 de la Ley General de Subvenciones y concordantes de su reglamento de desarrollo, previo informe de la Abogacía del Estado y de la Intervención Delegada de la Intervención General de la Administración General del Estado, este Ministerio ha resuelto publicar la convocatoria de ayudas de formación de doctores en el Instituto Universitario Europeo, en desarrollo del convenio marco para la ejecución del programa Salvador de Madariaga.

CAPÍTULO I Objeto y condiciones Artículos 1 a 17
Artículo 1 Objeto.
  1. Es objeto de la presente orden, la convocatoria de la concesión de ayudas para becas y contratos del Programa «Salvador de Madariaga» en el Instituto Universitario Europeo de Florencia (IUE), en el marco del estatuto del personal investigador en formación del Programa Nacional de Formación de Recursos Humanos de Investigación, del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica 2008-2011.

    Dichas subvenciones facilitarán la formación de doctores en las áreas de ciencias humanas y sociales, historia, derecho, economía y ciencias políticas y sociales, en ejecución del Programa Salvador de Madariaga.

  2. Las ayudas que se concedan deberán sujetarse a lo dispuesto en el Real Decreto 63/2006, por el que se aprueba el Estatuto del personal investigador en formación. A dichos efectos, las ayudas que se concedan quedarán adscritas para la totalidad del período de estancia en el IUE a la Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología (FECYT), quién asumirá las obligaciones correspondientes a entidades colaboradoras todo ello en el marco del Convenio de Colaboración suscrito entre dicha Fundación y la Secretaría de Estado de Universidades.

  3. Las ayudas podrán tener también por objeto, financiar las estancias breves a las que se refiere el artículo 7 de la presente convocatoria.

  4. La convocatoria de subvenciones regulada por la presente se realiza al amparo de la Orden ECI/266/2008, de 6 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones públicas en el marco de la Línea Instrumental de Actuación en Recursos Humanos del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica (I+D+i) 2008-2011 (BOE de 9 de febrero).

Artículo 2 Financiación.
  1. El gasto de las ayudas que se concedan se realizará con cargo a la aplicación presupuestaria 21.04.463A.781 de los Presupuestos Generales del Estado, hasta un máximo de 1.437.504 euros, con la siguiente distribución estimativa por anualidades: año 2010, por 91.962 euros; año 2011, por 275.885 euros; año 2012, por 331.440 euros; año 2013, por 442.867 euros, y año 2014, por 295.350 euros.

  2. La financiación de estas subvenciones se imputará a la aplicación presupuestaria 21.04.463A.781 del Ministerio de Ciencia e Innovación o a la que corresponda del Ministerio de Educación en los ejercicios correspondientes, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias.

  3. La cuantía total máxima de las ayudas correspondientes a este subprograma, podrá ser complementada con 150.000 de euros de otros créditos que se puedan reasignar, generar, incorporar, o con ampliaciones de crédito, con posterioridad a la entrada en vigor de la presente Orden. Esta dotación presupuestaria adicional se publicará en la página Web del Ministerio de Educación y en el «Boletín Oficial del Estado» («BOE»). El posible incremento del montante de la financiación destinada a la convocatoria no implicará en ningún caso la apertura de un nuevo plazo de presentación de solicitudes.

La efectividad de la cuantía adicional indicada queda condicionada a la declaración de disponibilidad del crédito como consecuencia de las circunstancias antes señaladas y, en su caso, previa aprobación de la modificación presupuestaria que proceda, en un momento anterior a la de la concesión de las ayudas.

Artículo 3 Proyectos a realizar.
  1. Las áreas científicas que podrán ser objeto de los proyectos a realizar en el IUE son:

    1. Historia y civilización. Reconsiderando la historia de Europa. Historia de la expansión europea. Historia de la cultura (siglos XV a XX). La Historia de las ideas y la Historia de la ciencia. Estado, Economía y Regímenes políticos (siglos XV a XX). Historia internacional e Historia de la integración europea. Género, mujer y familia.

    2. Economía. Estadística y econometría. Macroeconomía. Microeconomía.

    3. Derecho. Europeización del derecho privado. Impacto de la constitucionalización y la ampliación sobre el derecho de la Unión Europea. Impacto de la globalización en el derecho internacional y los derechos humanos: Perspectiva europea.

    4. Ciencias políticas y sociales. Transformación de gobierno y democracia. Cambio social. Estudio comparativo de políticas públicas. Estructuras políticas y sociales y comportamiento. Relaciones internacionales y seguridad. Teoría social y política.

  2. Los beneficiarios de las ayudas participarán igualmente en el aprendizaje de nuevas técnicas y métodos para la docencia o la investigación, en régimen de incorporación plena al grupo receptor. Al mismo tiempo deberán participar en actividades académicas y/o de investigación que permitan establecer nuevos vínculos académicos, o para fortalecer los ya existentes con las instituciones españolas y de la UE.

Artículo 4 Beneficiarios, número y fecha de inicio de las ayudas.
  1. Por la presente convocatoria se convocan un máximo de 16 ayudas para becas y contratos.

  2. Podrán ser beneficiarios de las ayudas los titulados universitarios que, en la fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes, cumplan todos los requisitos que se establecen en el artículo 24 de esta convocatoria.

  3. Los beneficiarios de estas ayudas no podrán encontrarse incursos en ninguna de las circunstancias que prohíben la obtención de la condición de beneficiario, recogidas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones, y deberán cumplir las obligaciones recogidas en el artículo 14 de la Ley General de Subvenciones.

  4. La fecha de incorporación de los beneficiarios de las ayudas será desde 1 de septiembre de 2010 y en la misma fecha en períodos académicos sucesivos.

Artículo 5 Características y duración de las ayudas.
  1. La duración máxima de las ayudas será de cuarenta y ocho meses, contados a partir de la fecha de alta en el centro de adscripción, sin perjuicio del resultado de la evaluación de las memorias anuales que deberán presentar los beneficiarios como acciones de seguimiento...

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