Orden ITC/134/2011, de 27 de enero, por la que se modifica la Orden ITC/1843/2009, de 3 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras, el régimen de ayudas y la gestión de medidas para mejorar la competitividad de las pequeñas y medianas empresas mediante el apoyo a agrupaciones empresariales innovadoras y se efectúa la convocatoria de subvenciones correspondiente a 2009.

MarginalBOE-A-2011-1914
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Industria, Turismo y Comercio
Rango de LeyOrden

La Orden ITC/1843/2009, de 3 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras, el régimen de ayudas y la gestión de medidas para mejorar las competitividades de las pequeñas y medianas empresas mediante el apoyo a agrupaciones empresariales innovadoras y se efectúa la convocatoria de subvenciones correspondiente a 2009, ha venido regulando la aplicación del régimen de ayudas correspondiente al programa de apoyo a agrupaciones empresariales innovadoras, que se puso en marcha por el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio (MITYC) con la primera convocatoria de ayudas realizada en el año 2007, y se inscribe en la estrategia europea de fomento de la competitividad de las pequeñas y medianas empresas y la innovación.

No obstante, transcurridos ya cinco años desde la puesta en marcha del programa y desde la inscripción en el Registro Especial de Agrupaciones Empresariales Innovadoras del MITYC del primer grupo de agrupaciones que merecieron por parte de éste el reconocimiento expreso de su viabilidad y potencialidad, resulta necesario reconsiderar alguna de las condiciones que en su momento se establecieron para el acceso de dichas agrupaciones a las ayudas previstas en el programa.

Esas condiciones se refieren a los criterios de evaluación a utilizar por los órganos evaluadores establecidos en la Orden ITC/1843/2009, de 3 de julio, a fin de seleccionar entre las solicitudes de ayuda recibidas cuáles son las entidades que pueden acceder a las mismas. Como resulta lógico, en los primeros años no resultaba procedente considerar criterios que tuvieran en cuenta la evolución y realizaciones de las agrupaciones inscritas en el Registro Especial de Agrupaciones Empresariales Innovadoras dado el muy reducido tiempo transcurrido desde que se produjo dicha inscripción. Por ello, los criterios de evaluación establecidos atendían a otro conjunto de factores más relacionados con la situación existente y las necesidades, potencialidades y planes de actuación de las agrupaciones solicitantes. Sin embargo, transcurrido ya un período de tiempo razonable desde el reconocimiento e inscripción de dichas agrupaciones parece procedente, sin abandonar los criterios de evaluación fundamentales hasta ahora utilizados, tener ya en cuenta las realizaciones y logros alcanzados por aquellas agrupaciones que vienen ya desde hace años beneficiándose del apoyo brindado por el programa desarrollado por el MITYC. La inclusión de dichos criterios, y la concreción de las variables y de los indicadores de medición de la evolución de las mismas a tener en cuenta, hacen imprescindible introducir algunas modificaciones en la Orden ITC/1843/2009, de 3 de julio.

Asimismo, para favorecer una mayor agilidad en el procedimiento conducente a la publicación de las convocatorias anuales de las ayudas previstas y toda vez que la Orden ITC/1843/2009, de 3 de julio, no solamente establecía las bases, el régimen de ayudas y los procedimientos de gestión, sino que, en virtud de la misma, se efectuaba también la convocatoria correspondiente a 2009, resulta conveniente una modificación de la citada orden en el sentido de que las futuras convocatorias anuales puedan...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR