Orden EHA/1041/2007, de 20 de marzo, por la que se resuelven solicitudes de incentivos regionales para la realización de proyectos de inversión y la modificación de las condiciones de expedientes resueltos con anterioridad.

MarginalBOE-A-2007-8331
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Economia y Hacienda
Rango de LeyOrden

La Ley 50/1985, de 27 de diciembre, sobre incentivos regionales, desarrollada reglamentariamente por el Real Decreto 1535/1987, de 11 de diciembre, modificado por los Reales Decretos 897/1991, de 14 de junio, 302/1993, de 26 de febrero y 2315/1993, de 29 de diciembre, constituye un instrumento para las actuaciones de ámbito estatal, dirigidas a fomentar las iniciativas empresariales con intensidad selectiva en determinadas regiones del Estado con objeto de repartir equilibradamente las actividades económicas dentro del mismo.

Los Reales Decretos, 487/1988, de 6 de mayo, modificado posteriormente y por última vez mediante Real Decreto 176/2007, de 9 de febrero, 488/1988, de 6 de mayo, modificado posteriormente y por última vez mediante Real Decreto 178/2007, de 9 de febrero, 489/1988, de 6 de mayo, modificado posteriormente y por última vez mediante Real Decreto 181/2007, de 9 de febrero, 568/1988, de 6 de mayo, modificado posteriormente y por última vez mediante Real Decreto 174/2007, de 9 de febrero, 569/1988, de 3 de junio, modificado posteriormente y por última vez mediante Real Decreto 182/2007, 570/1988, de 3 de junio, modificado posteriormente y por última vez mediante Real Decreto 184/2007, de 9 de febrero, 652/1988, de 24 de junio, modificado posteriormente y por última vez mediante Real Decreto 175/2007, de 9 de febrero, 1389/1988, de 18 de noviembre, modificado posteriormente y por última vez mediante Real Decreto 183/2007, de 9 de febrero y 883/1989, de 14 de julio, modificado posteriormente y por última vez mediante Real Decreto 179/2007, de 9 de febrero, establecieron la delimitación de las Zonas de Promoción Económica de Asturias, Murcia, Castilla-La Mancha, Galicia, Canarias, Castilla-León, Andalucía, Extremadura y Comunidad Valenciana respectivamente y fijaron los objetivos dentro de dichas zonas, así como los sectores promocionables y la naturaleza y cuantía máxima de los incentivos regionales que podrán concederse en dichas zonas a los solicitantes que realicen proyectos de inversión y cumplan los requisitos exigidos.

Se han presentado solicitudes para acogerse a estos incentivos regionales, y se han tramitado las mismas de conformidad con la legislación que las afecta, vistas las propuestas de los Grupos de Trabajo previstos en el artículo 21 del Real Decreto 1535/1987, de 11 de diciembre, o, en su caso, las del Consejo Rector y al amparo de lo dispuesto en el artículo 27 del Real Decreto anteriormente citado, he tenido a...

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