Resolución de 13 de mayo de 2015, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que, en ejecución de sentencia, se modifica la de 21 de diciembre de 2013, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puesto de trabajo.

MarginalBOE-A-2015-6145
SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorMinisterio de Hacienda y Administraciones Públicas
Rango de LeyResolución

Por Resolución de 21 de diciembre de 2013 («Boletín Oficial del Estado» del 27), de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, se convocó concurso específico para la provisión de puesto de trabajo.

La Sección Séptima de la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional ha dictado sentencia, con fecha 12 de marzo de 2015, en el recurso de apelación 89/2014, interpuesto por D. José M.ª Pérez Martínez, contra la sentencia 173/2014, dictada el 7 de octubre de 2014 por el Juzgado Central Contencioso-administrativo n.º 10 en el procedimiento abreviado 86/2014, por la que se desestimó el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el recurrente contra la citada Resolución de 21 de diciembre de 2013.

La parte dispositiva de la referida sentencia estima el recurso de apelación interpuesto por el D. José M.ª Pérez Martínez, revoca la sentencia dictada por el Juzgado Central Contencioso-administrativo n.º 10 de 7 de octubre de 2014, y declara que la Resolución de 21 de diciembre de 2013, de la Presidencia de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puesto de trabajo, debe ser anulada en cuanto a la base 2.2 de la fase segunda, y solo en lo relativo a la puntuación que en ella se otorgaba.

En consecuencia, al objeto de dar cumplimiento a la referida sentencia en sus propios términos, esta Presidencia acuerda:

Primero.

Modificar la base quinta, segunda fase, de la Resolución de 21 de diciembre de 2013, publicada en la sección II.B, página 105332, del «Boletín Oficial del Estado» del 27 de diciembre de 2013, que quedará redactada de la siguiente forma:

2.1 Permanencia y experiencia en el desempeño de la función de Inspección de los Servicios en el suprimido Ministerio de Economía y Hacienda, en el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas y en la Agencia Estatal de Administración Tributaria, hasta un tercio de la puntuación máxima prevista para esta fase.

2.2 Experiencia en la coordinación del Gabinete de la Secretaría de Estado de Hacienda, hasta un tercio de la puntuación máxima prevista para esta fase.

2.3 Otros méritos adecuados al puesto: conocimientos profesionales, titulaciones académicas, cursos, diplomas, publicaciones, estudios y trabajos, acreditados documentalmente, hasta un tercio de la puntuación máxima prevista para...

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