Resolución de 13 de junio de 2016, de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, por la que se establecen los elementos y características de los documentos oficiales de evaluación de Educación Secundaria Obligatoria y de Bachillerato, para el ámbito de gestión del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

Fecha de Entrada en Vigor19 de Junio de 2016
MarginalBOE-A-2016-5941
SecciónI - Disposiciones Generales
Rango de LeyResolución

El Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre, por el que se establece el currículo básico de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato, regula en su disposición adicional sexta los documentos oficiales de evaluación.

La Orden ECD/1361/2015, de 3 de julio, por la que se establece el currículo de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato para el ámbito de gestión del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, y se regula su implantación, así como la evaluación continua y determinados aspectos organizativos de las etapas, fija en su capítulo V, sección 2.a), las características de los documentos oficiales de su evaluación y regula su cumplimentación y custodia.

Finalmente, la Orden ECD/1361/2015, de 3 de julio, en su disposición adicional quinta , establece que los modelos a los que deberán ajustarse los documentos oficiales de evaluación a los que se refiere la citada orden serán publicados mediante resolución dictada por la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades.

Por todo ello, procede establecer los modelos de los documentos oficiales para el proceso de evaluación acordes con lo establecido en la normativa anteriormente citada que aseguren una coherencia de dicho proceso.

En su virtud, resuelvo:

Primero. Documentos oficiales de evaluación.

Conforme a lo dispuesto en la disposición adicional sexta del Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre, por el que se establece el currículo básico de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato, se consideran documentos oficiales de evaluación:

  1. Las actas de evaluación.

  2. El expediente académico.

  3. El historial académico.

  4. El consejo orientador de Educación Secundaria Obligatoria.

  5. El informe personal por traslado.

    En lo concerniente a los documentos de evaluación cuyos modelos se recogen en la presente resolución, para su cumplimentación, se tendrá en cuenta lo establecido en la sección 2.ª del capítulo V de la Orden ECD/1361/2015, de 3 de julio, así como lo que se determina en la presente resolución.

    Segundo. Certificaciones e informes de evaluación.

    Así mismo, los centros cumplimentarán, según proceda, los siguientes certificados e informes de evaluación:

  6. Las certificaciones por traslado.

  7. Las certificaciones de estudios cursados, que deberán ser emitidas por los centros en los siguientes casos:

    1. Tras cursar el primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria, así como una vez cursado segundo curso cuando el alumno o la alumna se vaya a incorporar de forma excepcional a un ciclo de Formación Profesional Básica.

    2. Al finalizar el último curso de Educación Secundaria Obligatoria, cuando el alumno o la alumna no haya obtenido el título.

    3. Al finalizar el segundo curso de Bachillerato, cuando el alumno o alumna haya obtenido evaluación positiva en todas las materias del Bachillerato sin haber superado la evaluación final de esta etapa.

  8. Informe de los resultados de la evaluación final del alumnado de cada etapa.

    Tercero. Referentes de la evaluación.

    El proceso de evaluación del aprendizaje del alumnado, la evaluación de la adquisición de competencias clave, la consecución de objetivos y la aplicación de los criterios de evaluación y estándares de aprendizaje evaluables se ajustará a lo dispuesto para cada etapa en los artículos 20 y 30 respectivamente del Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre, por el que se establece el currículo básico de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato, y en el artículo 23 de la Orden ECD/1361/2015, de 3 de julio, por la que se establece el currículo de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato para el ámbito de gestión del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, y se regula su implantación...

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