ORDEN DE 15 DE DICIEMBRE DE 1993 por la que se regula la Exencion del Impuesto sobre el Valor añadido en las adquisiciones realizadas por representaciones diplomaticas y Consulares, organismos internacionales debidamente reconocidos y Fuerzas de Estados partes de la Organizacion del Tratado del atlantico norte.

MarginalBOE-A-1993-31056
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Economia
Rango de LeyOrden

La presente Orden responde a los acuerdos alcanzados en la reunión del Comité del Impuesto sobre el Valor Añadido de las Comunidades Europeas, celebrada el día 8 de diciembre de 1992, y recogidos en Documento de Trabajo del día 9 inmediatamente posterior. En dicha reunión se abordó el problema de la aplicación efectiva de la exención del Impuesto sobre el Valor Añadido a que se refiere el artículo 15, punto 10, de la Directiva 77/388/C.E.E., a las representaciones diplomáticas y consulares, representaciones de Organismos Internacionales debidamente reconocidos y Fuerzas de Estados partes de la Organización del Tratado del Atlántico Norte, en las adquisiciones realizadas en un Estado miembro y con destino a otro, estableciéndose como objetivo el instrumentalizar un sistema que permitiese a las Entidades antes citadas disfrutar de la exención sin necesidad de abonar previamente las cuotas tributarias para posteriormente ser reembolsadas las mismas.

Para ello el Comité consideró que el sistema más adecuado sería el establecer un documento, certificado por el Estado anfitrión, que debería ser entregado al proveedor en el momento de realizar la adquisición. En base a tal documento el proveedor aplicaría la exención del Impuesto sobre el Valor Añadido, conservando el certificado en su poder a fin de justificar su conducta.

En esa Orden se aprueba el citado modelo de solicitud, así como se establecen las reglas generales de su tramitación.

Al mismo tiempo se reconoce la eficacia de los certificados emitidos a título del artículo 15, punto 10, de la Directiva 77/388/C.E.E., por otros Estados miembros a fin de permitir la aplicación, por los proveedores españoles, de las citadas exenciones.

Por todo ello, en base al artículo 10.5 del Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido y en uso de las atribuciones que tengo concedidas, he tenido a bien disponer:

Primero.-Solicitud de exención del Impuesto sobre el Valor Añadido en las adquisiciones realizadas por representaciones diplomáticas y consulares, Organismos internacionales debidamente reconocidos y Fuerzas de Estados partes de la Organización del Tratado del Atlántico Norte.- 1. Se aprueba el modelo de solicitud que figura como anexo de la presente Orden.

  1. El modelo habrá de ser utilizado por las representaciones diplomáticas y oficinas consulares o por los Organismos internacionales establecidos en territorio español que realicen las adquisiciones...

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