Real Decreto 373/1987, de 20 de enero, por el que se rehabilita, sin perjuicio de tercero de mejor derecho, el título de Conde de Moreno a favor de doña Inmaculada Osset Pérez.

MarginalBOE-A-1987-6762
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Justicia
Rango de LeyReal Decreto
7764
Lunes
16
marzo
1987
BOE
núm.
64
El
MiniSUl'J
4e
Justicia,
FERNANDO
LEDESMA
BARTRET
El
Ministro
de
Justicia.
FERNANDO
LEDESMA
BARTRET
Vistos la Ley de
18
de
junio
de 1870, reguladora
de
la gracia
de
menor, yteniendo en cuenta
las
circunstancias que concurren
en·
indulto, yel Decreto de 22 de abril de 1938; . . los hechos;
De acuerdo con el parecer del Ministerio Fiscal ydel
Tribunal.
Vistos la Ley de
18
de
junio
de 1870, reguladora de la gracia de
sentenciador, apropuesta del Ministro de Justicia yprevia delibera- .indulto, yel Decreto de
22
de abril de 1938;
ción del Consejo de Ministros en su reunión del
dia
19
de
De acuerdo con el parecer del Ministerio Fiscal ydel Tribunal
diciembre de
1986,
sentenciador, a
propuesta
del Ministro
de
Justicia yprevia delibera·
Vengo en indultar aMaria Aránzazu Indo Larraña¡a del resto ción del Consejo de Ministros en
su
reunión del día
19
de
de la pena pendiente de cumplimiento, condicionado aque no diciembre de 1986,
vuelva acometer nuevo onuevos delitos
de
idéntica oanáloga
Vengo
en
indultar a
Ignacio
Ibero
Otegui
del
resto
de
la
pena
naturaleza,
Y.
caso
de
cometerlos,
deberá
cumplir
la
pena
objeto
de
pendiente
de
cumplimiento! condicionado a
que
no
vuelva a
este indulto. cometer nuevo onuevos delitos
de
idéntica o
análoga
naturaleza,
y,
caso de cometerlos, deberá cumplir la pena objeto de este
Dado en Madrid a
19
de diciembre de 1986. mdulto.
JUAN CARLOS R. Dado en Madrid a
19
de diciembre de 1986.
JUAN CARLOS R.
6757
6758
6762
REAL
DECRETO
2836/1986. de 19de diciembre, por
el
que se indulta aTomas Herranz García.
Visto el expediente de indulto
de
Tomás
Herranz Garcia,
incoado en virtud
de
exposición elevada al Gobierno, al amparo
de
lo establecido en el J1ár!afo
~
del articulo
2.
0del
Códi¡o
Penal,
por
la AudienCIa
ProvinCial
de Oviedo, que
en
sentencia de
17
de septiembre de 1984, le condenó como autor de un delito de
robo,
cQn
fuerza en las COIIIS, ala pena
de
cuatro años dos meses
y
un
día de prisión menor, yteniendo
en
cuenta las circunstancias
que
concurren
en
los
hechos;
Vistos
la
Ley de
18
de
junio
de 1870, reguladora
de
la gracia de
indulto yel Decreto de 22 de abril de 1938. De acuerdo con el
parecer del Ministerio Fiscal ydel Tribunal sentenciador, a
propuesta del Ministro de Justicia yprevia deliberación del
Consejo de Ministros
en
su
reunión del día 19 de diciembre
de 1986,
Vengo en indultar aTomás Herranz Garda conmutando la
expresada pena privativa
de
libertad
por
la
de
ún
año
de
prisión
menor.
Dado en Madrid a
19
de diciembre
de
1986.
JUAN CARLOS R.
El Ministro
de
Justicia,
FERNANDO
LEDESMA
BARTRET
REAL
DECRETO
2837/1986. de 19de diciembre. por
el que
se
indulta aJosé Dongil
ColladD.
Visto
el
expediente
de
indulto
de
J,*
Dongll Co1Jade, incoado
en virtud de exposición elevada al Gobierno al amparo
de
lo
establecido en el párrafo segundo del articulo
2.
6del
Códi¡o
Penal
por
la
Sección Segunda de
la
Audiencia Nacional, que
en
sentencilÍ
de 27 de marzo
ae
1984 le condenó, como autor
de
un
delito
de
colaboración con grupo armado, ala pena
de
seis años y
un
día de
prisión mayor ymulta
de
100.000
pesetas,
yteniendo
en
cuenta las
circunstacias
que
concurren
en
los
hechos;
Vistos la Ley de
18
de
junio
de 1870,
reguladora
de
la
gracia de
indulto, yel Decreto
de
22 de abril
de
1938; .
De acuerdo con el parecer del Ministerio Fiscal ydel Tribunal
sentenciador, apropuesta del Ministro de Justicia yprevia delibera·
ción del Consejo de Ministros en.
Su
reunión del día
19
de
diciembre de 1986,
Vengo en indultar a
J,*
Dongll Collado, conmutando
la
expresada pena privativa de libertad
por
la
de dos años de prisión
menor,
condicionado a
que
DO
vuelva acometer delitos
de'
idéntica
oanáloga naturaleza,
y,
caso de cometerlos, deberá cumplir la pena
objeto de este indulto.
Dado en Madrid a
19
de
diciembre
de
1986.
JUAN CARLOS
R.
El
Ministro
de
Justicia,
FERNANDO
LEDESMA
BARTRET
6759
REAL
DECRETO
2838/1986. de 19de diciembre. por
el que se indult/J aIgnacio
~bero
Otegut
Visto el expediente
de
indulto de Ignacio Ibero Otegul, condo-
nado
por
la
Sección Segunda de la Audiencia Nacional,
eJl
sentencia
de
30
de
noviembre
de
1984,
como
autor
de
un
delito
de
colaboración
con
grupo
organizado,
a
la
pena
de
un
año de prisión
6760
REAL
DECRETO
2839/1986, de 24 de diciembre.
por
el que
s~
indulta aJuan Baulist/J Martínez Gemar.
Visto el expediente
de
indulto
de
Juan
Bautista Martinez
Oemar, condenado
por
el
J~o
de Instrucción número 3de
Gijón, en sentencia de
30
de
jwuo
de 1978, como autor responsable
de
un delito de lesiones, ala pena de cuatro meses yun dia de
arresto
mayor,
yteniendo
en
cuenta
las
circunstancias
'que
concu-
rren
en
los hecbos. .
Vistos la Ley de
18
dejunio
de
Ig70, reguladora de la gracia de
indulto, Yel Decreto
de
22 de abril de 1938. .
De acuerdo con el parecer del Ministerio Fiscal ydel Organo
sentenciador, apropuesta del Ministro de Justicia ypreviadelibera-
ción del Consejo
de
Ministros
en
su reunión del día 24 de
diciembre de 1986,
Vengo
en
indultar a
Juan
Bautista Martlnez Gemar, conmu-
tando la expresada pena privativa
de
hDertad por la de 50.000
pesetas
de
multa. . .
Dado
en
Madrid a24 de diciembre de 1986.
JUAN CARLOS R.
El
Ministro
de
Justicia.
FERNANDO
LEDESMA
BARTRET
6761
REAL
DECRETO
372/1987, de
20
de enero, por el
flJ4e
se rehabilita. sin perjuicio de tercero de mejor
derecho, el titulo de Conde de Lumbrales afavor de
dnn AlIlonlo
Jaime
de Seguier Pililo dn Cosla.
De conformidad con lo prevenido
en
la Ley de 4
de
mayo
de
1948, Y
Real
Decreto de
21
de marzo de 1980, oída la Diputación
Permanente de
la
Grandeza de España, y
de
acuerdo con
la
Comisión Permanente del Consejo de Estado,
Vengo en rehabilitar, sin perjuicio
de
tercero
de
mejor derecbo,
afavor de
don
Antonio Jaime
de
Seguier Pinto
da
Costa,
para
sí,
sus hijos ysucesores, el titulo de Conde de Lumbrales, previO pago
del Impuesto especial ydemás requisitos complementarios.
Dado en Madrid a20 de enero de 1987.
JUAN CARLOS R.
El
Minimo de JUIticia,
FERNANDO
LEDESMA
BARTRET
REAL
DECRETO
373/1987, de 20 de enero, por el
que
se
rehabilita. sin perjuicio de tercero de mejor
derecho, el titulo de Conde de Moreno afavor de doña
Inmaculada Ossel Pérez.
De conformidad con lo prevenido
en
la Ley de 4de mayo de
1948, yReal Decreto de
21
de
marzo de 1980, oida la Diputación
Permanente de
la
Grandeza de España, yde acuerdo con la
Comisión Permanente del Consejo de Estado,
Vengo
en
rehabilitar,
sin perjuicio
de
tercero
de
mejor
derecho,
afavor de doña Inmaculada Osset Pérez, para si, sus hijos y
sucesores, el titulo de Conde de Moreno,
preVIO
pago del Impuesto
especial ydemás requisitos ·complementarios. .
Dado
en
Madrid a20 de enero
de
1987.
JUAN CARLOS R.
El
Ministro
de
Justicia,
FERNANDO
LEDESMA
BARTRET

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR