Orden ARM/1247/2009, de 6 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la innovación tecnológica en el medio rural.

Fecha de Entrada en Vigor21 de Mayo de 2009
MarginalBOE-A-2009-8395
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
Rango de LeyOrden

La regulación comunitaria del desarrollo rural en el periodo 2007-2013 viene determinada por el Reglamento (CE) n.º 1698/2005 del Consejo, de 20 de septiembre de 2005, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y el Reglamento (CE) n.º 1974/2006 de la Comisión de 15 de diciembre de 2006, por el que se establecen disposiciones de aplicación del mismo.

En aplicación del citado Reglamento, la estructura de programación en España para el periodo 2007-2013 se basa en un Plan Estratégico Nacional de Desarrollo Rural, que indica las prioridades de la intervención del Fondo y del Estado, un Marco Nacional de Desarrollo Rural, que contiene los elementos comunes a todos los programas y las medidas horizontales de aplicación general, diecisiete Programas Regionales de Desarrollo Rural y un Programa de la Red Rural Nacional.

El citado Programa de la Red Rural Nacional, aprobado por la Comisión Europea mediante Decisión C (2008) 3857, de 17 de julio de 2008, ha de consolidarse como un sistema integrado y participativo de acciones y voluntades al servicio del desarrollo sostenible del medio rural, a cuya consecución se dirigen los objetivos concretos contemplados en el programa, entre otros, la incorporación de tecnologías al medio rural, para integrar los territorios rurales en la sociedad avanzada de la información y del conocimiento, constituyendo una estrategia básica, dentro de las políticas dirigidas a favorecer el desarrollo sostenible de las zonas rurales.

Las ayudas que se contemplan están destinadas a entidades directamente representativas del medio rural que conozcan las necesidades del mismo y sean efectivas en la aplicación de tecnologías como instrumento y apoyo al desarrollo sostenible del medio rural.

La necesidad de su gestión a través del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino se fundamenta en que tanto los beneficiarios como la actividad subvencional han de ser de ámbito estatal. El objeto de la subvención lo constituyen los programas o proyectos dirigidos a innovación tecnológica de implantación en el medio rural con un alcance supraautonómico y un enfoque integral.

La gestión estatal de esta medida de fomento es imprescindible para asegurar la plena efectividad de las medidas, en beneficio del medio rural, y garantizar las mismas posibilidades de obtención y disfrute por parte de sus potenciales destinatarios en todo el territorio nacional.

En la tramitación de la presente orden han sido consultadas las comunidades autónomas y las entidades representativas de los sectores afectados.

En su virtud, dispongo:

Artículo 1 Objeto.

Mediante la presente orden se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones destinadas a la innovación tecnológica a los programas o proyectos de ámbito supraautonómico en el medio rural y de enfoque integral, con vocación nacional y global.

Artículo 2 Beneficiarios.

Podrán ser beneficiarios de las ayudas reguladas por la presente orden las organizaciones profesionales agrarias de carácter general, organizaciones sindicales más representativas y organizaciones que representen a colectivos con dificultades de inserción, siempre y cuando ambas estén vinculadas al medio rural, entidades constituidas en Redes de Desarrollo Rural, federaciones de comunidades de regantes y entidades relacionadas con la conservación de la naturaleza o el fomento de la producción ecológica o el desarrollo sostenible del medio rural, todas ellas de ámbito estatal, sin ánimo de lucro o que aunque desarrollen actividades de carácter comercial, inviertan los beneficios resultantes de las mismas, en su totalidad, en el cumplimiento de sus fines institucionales no comerciales.

Artículo 3 Gastos subvencionables.

Podrán ser auxiliables, a través de la presente orden, los gastos correspondientes a redes y aulas telemáticas con aplicación de las tecnologías de la información, así como programas informáticos para la aplicación didáctica y divulgativa en el medio rural, incluida la aplicación de tecnología de banda ancha cuando fuera necesario, entendiéndose por redes y aulas telemáticas los equipos, programas y tecnologías de la información y del conocimiento.

Asimismo serán subvencionables los gastos de diseño, desarrollo y gestión, tanto de aplicaciones y plataformas tecnológicas que faciliten el trabajo en red, la formación y el teletrabajo, como los de herramientas informáticas y nuevas tecnologías en general, destinadas a la sistematización de la toma de datos socioeconómicos y técnicos, para su posterior análisis, tratamiento y divulgación, de manera que se facilite a la sociedad el conocimiento de la realidad del medio rural.

En ningún caso serán gastos subvencionables, los gastos a que se refieren los apartados 7 y 8 del artículo 31 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

Artículo 4 Subcontratación

La ejecución de las actuaciones objeto de subvención, podrán ser subcontratadas por los beneficiarios de las subvenciones hasta un máximo del 50 por cien.

Cuando la actividad concertada con terceros exceda del 20 por ciento del importe de la subvención y dicho importe sea superior a 60.000 € la subcontratación estará sometida al cumplimiento de los siguientes requisitos:

  1. Que el contrato se celebre por escrito.

  2. Que la celebración del mismo se autorice previamente por la entidad concedente de la subvención.

Artículo 5 Documentación necesaria y plazo de presentación de solicitudes.
  1. La solicitud deberá ir acompañada de los siguientes documentos:

    1. Copia de los Estatutos actualizados de la entidad solicitante y certificación acreditativa de las facultades o poderes del representante de la misma.

    2. ...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR