REAL DECRETO 2065/1996, de 13 de Septiembre, por el que se regula la Representacion del Estado en la Junta de Seguridad del Pais vasco.

MarginalBOE-A-1996-20685
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio del Interior
Rango de LeyReal Decreto

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.4 del Estatuto de Autonomía del País Vasco, a propuesta del Ministro del Interior y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 13 de septiembre de 1996, D I S P O N G O :

Artículo único

Serán representantes del Estado en la Junta de Seguridad del País Vasco:

El Secretario de Estado de Seguridad.

El Delegado del Gobierno en el País Vasco.

El Secretario general técnico del Ministerio del Interior.

El Director del Gabinete de Coordinación y Estudios de la Secretaría de Estado de Seguridad.

También podrán asistir, cuando lo estimen oportuno, el Ministro del Interior y los Directores generales de la Policía y de la Guardia Civil.

Igualmente, podrán asistir a las reuniones de la Junta, como asesores sin voz ni voto, el Jefe Superior de Policía del País Vasco y el General Jefe de la 5.ª Zona de la Guardia Civil, o cualquier otro miembro de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado que se designe, en atención a los temas a tratar.

Disposición derogatoria única

Queda derogado el Real Decreto 527/1990, de 4 de mayo, por el que se regula la representación del Gobierno en la Junta de Seguridad del País Vasco.

Dado en Madrid a 13 de septiembre de 1996.

JUAN CARLOS R.

El Ministro del Interior,

JAIME MAYOR OREJA

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR