Orden APA/1388/2005, de 6 de mayo, por la que se regula el Estatuto Orgánico del Consejo Superior Agrario.
Marginal | BOE-A-2005-8152 |
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentacion |
Rango de Ley | Orden |
ORDEN APA/1388/2005, de 6 de mayo, por la que se regula el Estatuto Orgánico del Consejo Superior Agrario.
El artículo 4 del Real Decreto 1417/2004, de 11 de junio, por el que se establece la estructura orgánica básica del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, define al Consejo Superior Agrario como el máximo órgano consultivo de carácter colegiado del Departamento, en las materias de su competencia, y remite, para la descripción de sus funciones, composición y normas de funcionamiento, a la Orden de 17 de septiembre de 1998, que aprobó su estatuto orgánico.
Mediante la presente Orden se procede a la modificación de la composición y régimen de funcionamiento del Consejo Superior Agrario. Se procura con ello una mayor proximidad entre el Consejo Superior Agrario y los diferentes centros directivos, que demanden su asesoramiento y colaboración.
La disposición final primera del citado Real Decreto 1417/2004, de 11 de junio, faculta al Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación para que, previo cumplimiento de los trámites legales oportunos, adopte las medidas necesarias para el desarrollo y ejecución de este Real Decreto.
En su virtud, previa aprobación del Ministro de Administraciones Públicas, dispongo:
Primero. Definición y dependencia jerárquica.El Consejo Superior Agrario es el máximo órgano consultivo permanente, de carácter colegiado, del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, en las materias de su competencia, bajo la dependencia directa del titular del Departamento.
Segundo. Funciones.
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El Consejo Superior Agrario tiene la función de asesorar al Ministro y a los demás órganos superiores y directivos del Departamento y de sus Organismos Autónomos, sobre los proyectos, planes, estudios y propuestas de cualquier naturaleza que, en materia agraria, pesquera y alimentaria le sean requeridos.
El Consejo Superior Agrario participa y colabora en la definición y aplicación de los criterios del Departamento en materia de información y publicaciones dirigidas al mejor conocimiento de los sectores agrario, pesquero y alimentario.
Corresponde asimismo al Consejo Superior Agrario la propuesta de realización de estudios y planes para el fomento y desarrollo de los sectores agrario, pesquero y alimentario, así como su programación, diseño y elaboración.
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El Consejo...
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