Corrección de errores del Real Decreto 1949/2000, de 1 de diciembre, por el que se modifica el Reglamento de asistencia jurídica gratuita.

MarginalBOE-A-2000-23505
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de la Presidencia
Rango de LeyCorrección
BOE núm. 306 Viernes 22 diciembre 2000 45315
ANEXO IV
Enfermedades de declaración obligatoria
a) Influenza aviar.
b) Enfermedad de Newcastle.
ANEXO V
1.
Control serológico para la detección de anticuer-
pos de la enfermedad de Newcastle en aves de corral
1.
o
Toma de muestras de sangre. Las aves de corral
sujetas a las condiciones de este anexo procederán de
manadas de las que se hayan obtenido muestras de
sangre procedentes de al menos 60 aves tomadas al
azar y que hayan sido examinadas mediante la prueba
de inhibición de la hemaglutinación (IH) de acuerdo con
el procedimiento que figura en el apartado 2.
2.
o
Procedimiento: el establecido en el capítulo IV
del anexo II del Real Decreto 1988/1993, de 12 de
noviembre, por el que se establecen medidas para la
lucha contra la enfermedad de Newcastle.
3.
o
Interpretación de los resultados. El antígeno uti-
lizado influirá en el nivel a partir del cual se considera
que el suero es positivo: en el caso de 4 unidades de
hemaglutinación, un suero será positivo cuando muestre
un título igual o superior a 2
4
; tratándose de 8 unidades
de hemaglutinación, el suero será positivo cuando tenga
un título igual o superior a 2
3
.
2.
Aislamiento del virus de la enfermedad de New-
castle en aves de matadero
Las aves de corral sujetas a las condiciones de este
anexo procederán de manadas que hayan sido sometidas
a una prueba para detectar la presencia del virus de
la enfermedad de Newcastle con resultados negativos,
y sin que se haya aislado virus alguno, de acuerdo con
el procedimiento siguiente:
1.
o
Toma de muestras. Se tomarán como mínimo
60 muestras que incluyan hisopos de cloaca o heces
de cada una de las manadas.
2.
o
Tratamiento de las muestras. No podrán juntarse
más de cinco muestras. Su tratamiento se efectuara de
conformidad con los apartados 2 y 3 del capítulo I del
3.
o
Aislamiento del virus en huevos embrionados
de aves de corral. Se efectuará de conformidad con el
capítulo II del anexo II del Real Decreto 1988/1993.
ANEXO VI
Control serológico anual para la detección de anti-
cuerpos de la enfermedad de Newcastle en las manadas
de aves de corral de cría de los Estados miembros o
de las regiones de los Estados miembros que hayan
alcanzado el estatuto de Estado miembro o región que
no practica la vacunación contra la enfermedad de New-
castle.
1. Toma de muestras de sangre. Una vez al año,
se tomarán muestras de todas las manadas de aves de
cría del siguiente modo: las muestras de sangre pro-
cederán de al menos 60 aves tomadas al azar y que
hayan sido examinadas mediante la prueba de inhibición
de la hemaglutinación (IH) de acuerdo con el procedi-
miento que figura en el apartado 2.
2. Procedimiento: el descrito en el apartado 2 del
anexo V de este Real Decreto.
3. Interpretación de los resultados. Según se esta-
blece en el apartado 1.3.
o
del anexo V de este Real
Decreto.
ANEXO VII
Laboratorio nacional de referencia: Laboratorio Cen-
tral de Veterinaria, de Madrid-Algete.
23504
CORRECCIÓN de errores de la Orden de 15
de noviembre de 2000 por la que se designa
el organismo encargado de verificar las carac-
terísticas organolépticas del aceite de oliva.
Advertido error en la Orden de 15 de noviembre de
2000 por la que se designa el organismo encargado
de verificar las características organolépticas del aceite
de oliva, inserta en el «Boletín Oficial del Estado» núme-
ro 282, del 24), se procede a subsanarlo mediante la
siguiente corrección:
En la disposición adicional primera (página 40840)
donde dice: «... con cargo a la aplicación presupuestaria
21.21716A.221.06», debe decir: «... con cargo a la apli-
cación presupuestaria 21.21711A.227.06».
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA
23505
CORRECCIÓN de errores del Real Decreto
1949/2000, de 1 de diciembre, por el que
se modifica el Reglamento de asistencia jurí-
dica gratuita.
Advertido error en el texto del Real Decreto
1949/2000, de 1 de diciembre, por el que se modifica
el Reglamento de asistencia jurídica gratuita, publicado
en el «Boletín Oficial del Estado» número 289, de 2 de
diciembre de 2000, se procede a efectuar la oportuna
modificación:
En la página 42294, primera columna, artículo segun-
do, apartado «Normas generales» del anexo de módulos
y bases de compensación económica correspondientes
a los abogados, después de la palabra «procedimiento»,
debe ir un punto y aparte. Y en la línea cuarta del mismo
apartado, donde dice: «... de la prestación»; debe decir:
«... de la pretensión».
MINISTERIO
DE ADMINISTRACIONES
PÚBLICAS
23506
CORRECCIÓN de errores del Real Decre-
to 1912/2000, de 24 de noviembre, por el
que se aprueban los Estatutos Generales de
la Organización Colegial de Secretarios, Inter-
ventores y Tesoreros de la Administración
Local.
Advertidos errores en el texto del Real Decre-
to 1912/2000, de 24 de noviembre, por el que se aprue-

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