RESOLUCIÓN DE 11 DE MARZO DE 1998, del organismo nacional de loterias y apuestas del estado, por la que se aprueban las normas que han de regir la modalidad de concursos de pronosticos de las apuestas deportivas denominada «el quinigol».

Fecha de Entrada en Vigor18 de Marzo de 1998
MarginalBOE-A-1998-6338
SecciónI - Disposiciones Generales
Rango de LeyResolución

Los Campeonatos Mundiales de Fútbol suponen la máxima manifestación de este deporte y despiertan entre los aficionados un gran interés. La participación de la selección de España contribuye a incrementar su atractivo para la población española.

La celebración del Campeonato Mundial de 1998, a partir del día 10 de junio, en Francia, motiva que el calendario oficial de competiciones de la Real Federación Española de Fútbol finalice con anterioridad a temporadas precedentes. Esto supone una disminución de jornadas de concursos deportivos en relación a las celebradas otras temporadas.

De otra parte, el auge experimentado por la apuesta deportiva en los últimos ejercicios produce una demanda por parte de los aficionados a este tipo de concursos que parece oportuno tener en consideración.

Como quiera que el calendario del Campeonato del Mundo de 1998 programa la celebración de un máximo de dos, tres o cuatro encuentros por día, según las fases, resulta poco adecuada la oferta al público de boletos con la estructura actual de 18 partidos, 15 sujetos a pronóstico más 3 de reserva, ya que entre el momento de validación del boleto y la determinación de la apuesta ganadora transcurriría un intervalo de tiempo tan dilatado que influiría muy negativamente en el interés de los concursantes.

Parece pues conveniente establecer una fórmula de participación que base el concurso en pronósticos sobre un número menor de encuentros de fútbol, que proporcione un mayor dinamismo a la puesta y sea análoga a las actualmente existentes en otros países.

Por todo ello, a continuación se propone la normativa que regula genéricamente este tipo de apuesta, que se va a comercializar con el nombre de «El Quinigol», y transitoriamente para los tres concursos determinados en base a los Campeonatos del Mundo de Fútbol de 1998, sin perjuicio de su posible continuidad en temporadas posteriores.

Tratándose de una modalidad de apuesta deportiva, la distribución de las recaudaciones obtenidas se realizará de acuerdo con lo dispuesto por el Real Decreto 419/1991, de 27 de marzo, modificado por Real Decreto 258/1998, de 20 de febrero.

En consecuencia, oído el Consejo Rector de Apuestas Deportivas, esta Dirección General, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5, apartado 2, punto 8, del Real Decreto 904/1985, de 11 de junio («Boletín Oficial del Estado» del 20), ha resuelto aprobar las siguientes normas:

TÍTULO I
CAPÍTULO I

Los concursos

  1. a Las presentes normas tienen por objeto establecer las condiciones por las que se rigen los concursos de pronósticos sobre resultados de partidos de fútbol sin que supongan se concierte contrato alguno entre los concursantes ni entre éstos y el Organismo Nacional de Loterías y Apuestas del Estado, quedando limitada la actividad de quienes participan a pagar el importe correspondiente y entregar o remitir sus pronósticos en la forma establecida en las normas.

  2. a El hecho de participar en un concurso implica, por parte del concursante, el conocimiento de estas normas y la adhesión a las mismas, quedando sometida su apuesta a las condiciones que en ellas se establecen.

  3. a El concurso consiste en elegir, entre cuatro opciones distintas para cada equipo, el número de goles que va a marcar cada uno de los doce equipos de seis partidos de fútbol, y asignar los premios que correspondan a cada apuesta en la forma y condiciones que se establecen en las presentes normas.

  4. a 1. Estos concursos de pronósticos, denominados comercialmente «El Quinigol», se organizan sobre la base de los resultados de partidos de fútbol que figuren en competiciones autorizadas por la Real Federación Española de Fútbol u otras instituciones de ámbito nacional o internacional.

  5. Para participar se utilizará un boleto con los doce equipos agrupados de dos en dos por cada partido, ordenados de arriba a abajo en la posición normal de lectura del boleto.

  6. Se llama bloque en el boleto al conjunto de 48 recuadros o casillas ordenados de cuatro en cuatro por cada equipo y en los que figuran el signo 0, el signo 1, el signo 2 y el signo M, respectivamente, y en orden de izquierda a derecha.

  7. Se considera un pronóstico el contenido de cada casilla marcada de un equipo.

  8. Se considera un resultado el contenido de dos casillas del mismo bloque, una por equipo dentro de cada partido.

  9. Se considera una apuesta al conjunto de 12 pronósticos, uno por equipo, de un mismo bloque, y también a cada uno de los conjuntos de 12 pronósticos, uno por equipo, que se obtienen en el desarrollo de las combinaciones pronosticadas con más de un resultado en, al menos, un partido; de acuerdo con lo establecido en las normas 8.a, 9.a y 10.a sobre la forma de pronosticar y clases de apuestas.

CAPÍTULO II

Distribución de fondos para premios

  1. a El precio de cada apuesta queda fijado en 100 pesetas.

  2. a Se destina a premios el 55 por 100 de la recaudación íntegra, de acuerdo con lo dispuesto en el artícu lo 1 del Real Decreto 419/1991, de 27 de marzo, modificado por Real Decreto 258/1998, de 20 de febrero, que se distribuirá entre las cuatro categorías de premios que se establecen en la norma 7.a

  3. a 1. Los porcentajes para cada categoría sobre la recaudación íntegra, entre las que se distribuye el 55 por 100 a que se refiere la norma 6.a, son los que a continuación se determinan:

    Categoría primera: El 20 por 100 de la recaudación íntegra se repartirá a partes iguales entre las apuestas cuyos pronósticos tengan acertados los seis resultados.

    Categoría segunda: El 10 por 100 de la recaudación íntegra se repartirá a partes iguales entre las apuestas cuyos pronósticos tengan acertados cinco resultados.

    Categoría tercera: El 10 por 100 de la recaudación íntegra se repartirá a partes iguales entre las apuestas cuyos pronósticos tengan acertados cuatro resultados.

    Categoría cuarta: El 15 por 100 de la recaudación íntegra se repartirá a partes iguales entre las apuestas cuyos pronósticos tengan acertados tres resultados.

  4. En el supuesto de que la categoría primera no tuviera acertantes, el fondo a ella destinado incrementará el de la primera categoría del concurso inmediato siguiente.

  5. Si no existieran acertantes de la categoría segunda, el fondo a ella destinado incrementará el de la categoría tercera. Si tampoco hubiera acertantes de la categoría tercera, ambos fondos incrementarán el de la categoría cuarta. Si tampoco hubiera acertantes de la categoría cuarta, ambos fondos incrementarán el de la categoría primera del concurso inmediato siguiente.

  6. En ningún supuesto el importe de cada uno de los premios de una categoría inferior puede resultar superior al de las precedentes. A tal efecto, si el importe que correspondiera a cada uno de los acertantes de una categoría fuese inferior a los de la categoría siguiente, los fondos destinados a premios de las dos categorías se sumarían para repartir por partes iguales entre los acertantes de ambas. Si, a pesar de esta adición, los premios de las dos categorías a que afecten resultaran de menor cuantía a otra categoría inferior, se sumarán los fondos destinados a las tres categorías para repartirlo entre todos los acertantes de ellas.

TÍTULO II

Validación de apuestas

CAPÍTULO I

Forma de pronosticar

  1. a Para pronosticar se marcará con el signo «X», en el bloque establecido al efecto en el boleto, la casilla que contenga el resultado elegido en cada equipo, teniendo en cuenta que: Marcar el signo «X» sobre la casilla que contiene el 0 significa pronosticar que el equipo no va a marcar ningún gol; marcar el signo «X» sobre la casilla que contiene el 1 significa pronosticar que el equipo va a marcar un gol; marcar el signo «X» sobre la casilla que contiene el 2 significa pronosticar que el equipo va a marcar dos goles, y marcar el signo «X» sobre la casilla que contiene la letra M significa pronosticar que el equipo va a marcar más de dos goles.

CAPÍTULO II

Apuestas sencillas y múltiples

  1. a Apuestas sencillas: Son apuestas sencillas cuando se ha pronosticado una en cada bloque, es decir, sólo se ha marcado una casilla de cada equipo en cada bloque. Las doce casillas así marcadas en cada bloque constituyen una apuesta sencilla.

    Los pronósticos se marcarán comenzando por el bloque 1 hasta el bloque 6. Si se desea jugar una apuesta se marcarán 12 casillas del bloque 1; si se desean jugar dos apuestas, se marcarán 12 casillas en los bloques 1 y 2; si se desean jugar tres, cuatro, cinco o seis apuestas, se marcarán 12 casillas en los primeros 3, 4, 5 ó 6 bloques, respectivamente.

  2. a Apuestas múltiples:

  3. Son apuestas múltiples cuando se marca más de un pronóstico en...

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