ORDEN DE 12 DE JULIO DE 1996 sobre Reduccion de Tarifas del Servicio telefonico internacional.

MarginalBOE-A-1996-16265
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Fomento
Rango de LeyOrden

Telefónica de España, Sociedad Anónima

, en escrito dirigido al Delegado del Gobierno en la compañía, propone la revisión de determinadas tarifas del servicio telefónico internacional, incluido el servicio Inmarsat, que supone una reducción de dichas tarifas. La Delegación del Gobierno, en base a la propuesta presentada, ha elaborado la que con carácter definitivo se envió al Gobierno.

Las tarifas han sido informadas por la Dirección General de Política Económica y Defensa de la Competencia y aprobadas por la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos en su reunión del día 4 de julio de 1996.

En su virtud dispongo:

Primero.-Se hacen públicas las tarifas aprobadas por la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos de los servicios que se relacionan en el anexo a la presente Orden.

Segundo.-A los importes de estas tarifas, que son netos, se les aplicará el Impuesto sobre Valor Añadido (IVA) correspondiente, excepto en Canarias, Ceuta y Melilla.

Tercero.-A los efectos de tarificación de los servicios, se considerarán fiestas de carácter nacional las así determinadas en la correspondiente Resolución de la Dirección General del Trabajo.

Cuarto.-La presente Orden entrará en vigor a las cero horas del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 12 de julio de 1996.

ARIAS-SALGADO MONTALVO

Excmo. Sr. Delegado del Gobierno en «Telefónica de España, Sociedad Anónima».

ANEXO

PRIMERO

  1. Servicio telefónico internacional

    1.1 Servicio automático.

    Automático / Por conmutación

    inicial

    de la comunicación / Una unidad de tarificación (UT)

    por cada período en segundos que se indica / De 03 a 08

    horas

    superreducida

    (1) / Zonas de tarificación / UT's / De 22 a 08

    horas

    reducida / De 08 a 22

    horas

    normal

  2. Andorra / 6 / 7,60 / 6,33 / -

  3. Unión Europea / 6 / 5,61 / 4,82 / -

  4. Europa Occidental / 6 / 5,61 / 4,82 / -

  5. Resto de Europa y Magreb / 6 / 4,28 / 3,45 / -

  6. EE. UU., Canadá y otros países del Caribe / 6 / 4,02 / 3,45 / 4,28

  7. Resto de América / 6 / 2,74 / 1,90 / -

  8. Japón, Australia y otros / 6 / 1,91 / 1,72 / -

  9. Resto del mundo / 6 / 1,91 / 1,35 / -

    (1) Tarifa exclusiva para zona 4 de tarificación.

    1.2 Servicio a través de operadora.

    A través de operadora

    Cobro revertido,

    personales, cargo a terceros,

    hora prefijada y datel / Directo país / Teléfono a teléfono / Por cada minuto

    o fracción / De 08 a

    22 horas

    normal

    -

    Pesetas / De 22 a

    08 horas

    reducida

    -

    Pesetas / De 03 a

    08 horas

    superreducida

    (2)

    -

    Pesetas / Primer minuto

    o fracción

    (1)

    -

    Pesetas / Por cada

    minuto

    adicional

    o fracción

    -

    Pesetas / Por cada

    minuto

    o fracción

    -

    Pesetas / Zonas de tarificación

  10. Andorra / 54 / 45 / - / 754 / 54 / 54

  11. Unión Europea / 71 / 61 / - / 771 / 71 / 71

  12. Europa Occidental / 71 / 61 / - / 771 / 71 / 71

  13. Resto de Europa y Magreb / 99 / 80 / - / 799 / 99 / 99

  14. EE. UU., Canadá y otros países del Caribe / 99 / 85 / 80 / 799 / 99 / 99

  15. Resto de América / 180 / 125 / - / 880 / 180 / 180

  16. Japón, Australia y otros / 199 / 179 / - / 899 / 199 / 199

  17. Resto del mundo / 253 / 179 / - / 953 / 253 / 253

    (1) En estas tarifas van incluidas 700 pesetas, que corresponde percibir en concepto de tasa de gestión.

    (2) Tarifa exclusiva para la zona 4 de tarificación.

    Notas:

    Las llamadas de salida de España «teléfono a teléfono» que siendo susceptibles de ser marcadas en automático, se soliciten a través de operadora, llevarán una tasa de gestión de 225 pesetas por llamada.

    En el caso de llamadas en las que coinciden más de una tasa de gestión, se aplicará únicamente la mayor de las mismas.

    Las llamadas con cargo a la tarjeta personal de Telefónica llevarán una tasa de gestión de 225 pesetas por comunicación. En caso de llamadas efectuadas al servicio Directo País, no se aplicará la tasa de gestión por uso de la tarjeta.

    1.3 Servicio Tercer País.

    En el Servicio Tercer País se percibirá una tarifa en función de los ámbitos geográficos origen y destino de la llamada. El cuadro adjunto expresa las tarifas en pesetas por cada minuto o fracción, para las distintas relaciones.

    USA,

    Canadá

    y Caribe / Resto

    América / Japón,

    Australia

    y otros / Resto

    del mundo / Destino origen / Unión

    Europea / Europa

    Occidental / Resto

    de Europa

    y Magreb

    Unión Europea / 160 / 160 / 180 / 240 / 240 / 320 / 320

    Europa Occidental / 160 / 160 / 180 / 240 / 240 / 320 / 320

    Resto de Europa y Magreb / 180 / 180...

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