INSTRUMENTO de Ratificación del Tratado de amistad y cooperación entre el Reino de España y la República de Albania, hecho en Tirana el 22 de noviembre de 2001.

Fecha de Entrada en Vigor15 de Marzo de 2003
MarginalBOE-A-2003-4373
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorJefatura del estado

ORDEN PRE/447/2003, de 27 de febrero, por la que se determinan los órganos de dirección, planificación y ejecución del Sistema Archivístico de la Defensa, se modifica la dependencia y composición de la Junta de Archivos Militares y se establece la dependencia y composición de la Comisión Calificadora de Documentos de la Defensa.

Por Real Decreto 2598/1998, de 4 de diciembre, se aprueba el Reglamento de Archivos Militares. En el capítulo I del título II del Reglamento se establece la composición y funcionamiento del Sistema Archivístico de la Defensa, cuyos elementos constitutivos son los siguientes:

Los órganos y unidades de dirección y planificación técnica integrados en el órgano que ejerza la Dirección del Sistema Archivístico de la Defensa.

Los órganos asesores: La Junta de Archivos Militares y la Comisión Calificadora de Documentos de la Defensa.

Los restantes órganos y unidades de dirección y planificación técnica, así como la totalidad de los archivos militares como unidades ejecutivas en la gestión del patrimonio documental militar. Tales organismos se articularán en los siguientes subsistemas archivísticos: Subsistema Archivístico del Ejército de Tierra, Subsistema Archivístico de la Armada, Subsistema Archivístico del Ejército del Aire y Subsistema Archivístico del Órgano Central.

El artículo 4 de dicho Reglamento establece, en su apartado 2, que el órgano responsable de coordinar la protección, conservación y divulgación del Patrimonio Documental Militar en el Ministerio de Defensa ejercerá las funciones de Dirección del Sistema Archivístico de la Defensa, así como las de planificación técnica y ejecución en el ámbito de sus competencias. Sus misiones fundamentales se reflejan asimismo en este apartado.

Otras responsabilidades y cometidos aparecen en los artículos: 18.5, 26.6, 33.2, 40, 41, 43.1, 43.2, 43.5, 53.1, 55, 56, 58, 68.2, 70.5, 88, 89.1, 89.2, 91 y 92.1;

disposiciones adicionales primera segunda y tercera y disposiciones transitorias segunda y tercera.

El artículo 6 del Reglamento establece que la Junta de Archivos Militares es el máximo órgano consultivo del Ministro de Defensa en materia de archivos; el artículo 7 fija sus competencias; el artículo 8 se refiere a su dependencia y composición, y el artículo 9 a la periodicidad de sus reuniones. En el desarrollo del artículo 8 se estableció nuevamente la dependencia y composición de la Junta de Archivos Militares, mediante la Orden 172/1999, de 24 de junio, que derogó la Orden 9/1995, de 12 de enero, de creación de la citada Junta.

El artículo 10 del Reglamento determina que la Comisión Calificadora de Documentos de la Defensa, de nueva creación, es el órgano específico del Ministerio de Defensa que estudia y dictamina las cuestiones relativas a la calificación y utilización de los documentos de la Administración Militar, así como su integración en los archivos y el régimen de acceso e inutilidad administrativa de tales documentos; el artículo 11 fija sus competencias;

el artículo 12 se refiere a su dependencia y composición, y el artículo 15 a la periodicidad de sus reuniones.

Por su parte, el Real Decreto 64/2001, de 26 de enero, por el que se modifica el Real Decreto 1883/1996, de 2 de agosto, de estructura orgánica básica del Ministerio de Defensa, crea la Secretaría General de Política de Defensa y, por tanto, aparecen nuevos órganos con competencias en la gestión del Patrimonio Histórico-Artístico Militar. Así, la Dirección General de Relaciones Institucionales de la Defensa, dependiente de la citada Secretaría General, es el órgano directivo al que corresponden las relaciones institucionales de la Defensa y, con esa finalidad, entre otros cometidos, planificará las acciones culturales del Departamento y gestionará el Patrimonio Histórico-Artístico Militar. Depende orgánicamente de esta Dirección General la Subdirección General de Patrimonio Histórico-Artístico, que para estos temas dispone de un Área de Gestión de Patrimonio, y ésta, a su vez, tiene una Unidad de Coordinación de Archivos Militares.

La presente Orden, por un lado, concreta el órgano de dirección del Sistema Archivístico de la Defensa, responsable en el Ministerio de Defensa de coordinar las mencionadas tareas de protección, conservación y divulgación del Patrimonio Documental Militar, y articula, dentro de él, la asignación de las funciones de planificación y ejecución.

Por otro, la presente Orden modifica la dependencia y composición de la Junta de Archivos Militares debido a los cambios habidos en la estructura orgánica básica del Ministerio de Defensa.

Por último, y en desarrollo del artículo 12...

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