Orden SCO/4224/2004, de 16 de diciembre, por la que se modifica el anexo del Real Decreto 1917/1997, de 19 de diciembre, por el que se establecen las normas de identidad y pureza de los aditivos alimentarios distintos de colorantes y edulcorantes utilizados en los productos alimenticios.
Fecha de Entrada en Vigor | 29 de Diciembre de 2004 |
Marginal | BOE-A-2004-21692 |
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Ministerio de Sanidad y Consumo |
Rango de Ley | Orden |
Orden SCO/4224/2004, de 16 de diciembre, por la que se modifica el anexo del Real Decreto 1917/1997, de 19 de diciembre, por el que se establecen las normas de identidad y pureza de los aditivos alimentarios distintos de colorantes y edulcorantes utilizados en los productos alimenticios.
Los aditivos distintos de colorantes y edulcorantes regulados mediante la Directiva 95/2/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de febrero de 1995, y sus sucesivas modificaciones incorporadas a nuestro derecho interno por el Real Decreto 142/2002, de 1 de febrero, por el que se aprueba la lista positiva de aditivos distintos de colorantes y edulcorantes para su uso en la elaboración de productos alimenticios, así como sus condiciones de utilización, modificado por el Real Decreto 257/2004, de 13 de febrero, tienen establecidos sus criterios de identidad y pureza.
La determinación de dichos criterios de pureza se realizó mediante la Directiva 96/77/CE de la Comisión, de 2 de diciembre de 1996, por la que se establecen los criterios específicos de pureza de los aditivos alimentarios distintos de colorantes y edulcorantes utilizados en los productos alimenticios, incorporada a nuestro ordenamiento jurídico mediante el Real Decreto 1917/1997, de 19 de diciembre, por el que se establecen las normas de identidad y pureza de los aditivos alimentarios distintos de colorantes y edulcorantes utilizados en los productos alimenticios, modificado por el Real Decreto 1802/1999, de 26 de noviembre, así como por diversas Órdenes ministeriales, siendo la última de ellas la Orden SCO/857/2004, de 17 de marzo
La publicación de la Directiva 2004/45/CE de la Comisión, de 16 de abril de 2004, que incluye el dictamen del Comité Científico de la Alimentación Humana de 5 de marzo de 2003, por el que se indica la conveniencia de minimizar la presencia de Carragenanos de bajo peso molecular en los aditivos Carragenano E-407 y E-407 a (Alga Eúchema procesada) ya regulados por la Directiva 95/2/CE. También figuran las especificaciones del Poli-1-deceno hidrogenado (E-907), Diacetato de glicerilo (E-1517) y Alcohol Bencílico (E-1519), nuevos aditivos autorizados por la Directiva 2003/114/CE del Parlamento Europeo y...
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