Orden ESD/3460/2008, de 24 de noviembre, por la que se convoca concurso público de méritos para la provisión de puestos de personal docente en el exterior.

MarginalBOE-A-2008-19446
SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorMinisterio de Educación, Política Social y Deporte
Rango de LeyOrden

A fin de desarrollar la acción educativa española en el exterior en lo relativo a la promoción y organización de enseñanzas regladas de niveles no universitarios del sistema educativo español, currículos mixtos impartidos en centros con participación del Estado español, programas de apoyo a las enseñanzas del español y programas específicos para hijos de residentes españoles, todo ello integrado en el marco más amplio de la proyección de la cultura y de la lengua españolas, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 1138/2002, de 31 de octubre («Boletín Oficial del Estado» de 1 de noviembre) y en la Orden ECD/531/2003 de 10 de marzo («Boletín Oficial del Estado» de 13 de marzo) y conforme a lo dispuesto en los artículos 29 y 30 del Estatuto de Personal de las Escuelas Europeas, se hace necesario proceder a la provisión de vacantes en Centros de titularidad del Estado español, Centros de titularidad mixta, Secciones Españolas en Centros docentes de titularidad extranjera, Escuelas Europeas y Agrupaciones de Lengua y Cultura Españolas, todos ellos en el exterior, para funcionarios de carrera de los Cuerpos de Catedráticos y Profesores de Enseñanza Secundaria, Catedráticos y Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores Técnicos de Formación Profesional y Maestros, en régimen de adscripción temporal.

La promulgación de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, ha supuesto una modificación en la ordenación de la función pública docente al regular la incorporación de tres nuevos cuerpos docentes, los Cuerpos de Catedráticos de Enseñanza Secundaria, de Catedráticos de Artes Plásticas y Diseño y de Catedráticos de Escuelas Oficiales de Idiomas, Cuerpos en los que se integran los funcionarios de los respectivos cuerpos de profesores que tenían reconocida la condición de Catedrático. Los funcionarios integrados en los nuevos cuerpos pueden participar conjuntamente con los funcionarios de los correspondientes Cuerpos de profesores en las convocatorias para cubrir los mismos puestos vacantes.

Realizada dicha integración y teniendo en cuenta que de conformidad con lo dispuesto en el punto 3 de la disposición adicional octava de la citada Ley, ésta se ha hecho efectiva en los mismos puestos que tuvieran asignados en el momento de producirse y que se han incorporado a los nuevos cuerpos con la antigüedad que tuvieran en la condición de Catedrático en sus respectivos cuerpos, se hace necesario adecuar la presente convocatoria a efectos de garantizar la participación de estos funcionarios en los concursos de méritos de provisión de puestos en el exterior.

Asimismo la citada Ley, en su disposición adicional octava, punto 5, establece que los funcionarios de los Cuerpos de Catedráticos de Enseñanza Secundaria y de Escuelas Oficiales de Idiomas participarán en los concursos de provisión de puestos conjuntamente con los funcionarios de los cuerpos de profesores de los niveles correspondientes, a las mimas vacantes, sin perjuicio de los méritos específicos que les sean de aplicación por su pertenencia a los mencionados cuerpos de catedráticos.

Por todo lo anteriormente expuesto, este Ministerio ha dispuesto convocar para la provisión de las vacantes que se especifican en el anexo I, concurso público de méritos que se ajustará a las siguientes bases:

Primera. Requisitos.-Podrán solicitar estos puestos, según el cuerpo o cuerpos de procedencia que se especifican para cada puesto en el anexo I, los funcionarios de carrera pertenecientes a los Cuerpos de Catedráticos y Profesores de Enseñanza Secundaria, Catedráticos y Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores Técnicos de Formación Profesional y Maestros cualquiera que sea la Administración educativa de la que dependan, siempre que reúnan los siguientes requisitos:

  1. Requisitos generales de participación:

    1. Contar con una antigüedad mínima de tres años como funcionario de carrera en activo en el cuerpo docente desde el que se participe, computados hasta la fecha de conclusión del plazo de presentación de instancias.

    2. Hallarse en situación de servicio activo en el cuerpo al que correspondan los puestos solicitados y reunir, respecto de la especialidad a la que corresponda el puesto, los requisitos exigidos según la normativa vigente en materia de provisión de puestos de trabajo de cada uno de los cuerpos. Para solicitar puestos de Maestros, los interesados deberán acreditar, mediante copia de la certificación de habilitación, que están en posesión de alguno de los requisitos específicos que, para el desempeño de los mismos, exige el artículo 17 del Real Decreto 895/1989, de 14 de julio, en su nueva redacción dada por el Real Decreto 1664/1991, de 8 de noviembre, y el número segundo de la Orden de 19 de abril de 1990 (B.O.E. del 4 de mayo) por la que se crea el puesto de trabajo de Educación Musical.

    3. En el supuesto de docentes que hubieran estado destinados en el extranjero por concurso público de méritos u ocupando puestos de libre designación, haber prestado tres cursos académicos completos de servicios en España, como funcionarios del cuerpo desde el que se participa, contados desde la fecha de cese en el exterior hasta la finalización del curso escolar en que se publica esta convocatoria. A estos efectos, los funcionarios que hubieran estado destinado en países en los que, debido a su calendario escolar, hayan cesado con efectos de 31 de enero de 2007, podrán participar en esta convocatoria.

    Estos requisitos generales deberán reunirse en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el procedimiento hasta la resolución definitiva del concurso, excepto el requisito exigido en el apartado c), que deberá mantenerse hasta la finalización del presente curso escolar.

  2. Requisito específico:

    Conocer el idioma o uno de los idiomas que para cada puesto se determina en el anexo I a la presente Orden.

    Los participantes que soliciten puestos de centros de titularidad del Estado español o de titularidad mixta y de las Agrupaciones de Lengua y Cultura Españolas, deberán acreditar el Nivel Intermedio de conocimiento del idioma requerido para cada puesto.

    Los que solicitan puestos correspondientes a Secciones en centros de titularidad de otros Estados y de Escuelas Europeas, deberán acreditar el Nivel Avanzado de conocimiento del idioma requerido para cada puesto.

    Este requisito deberá acreditarse por cualquiera de las formas previstas en la base segunda. 2.3 d) o Quinta de esta convocatoria.

    Segunda. Plazo y forma de presentación de las solicitudes de participación y documentación.

    1. Plazo de presentación: Este plazo será de quince días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

    2. Forma de presentación

      2.1 Los funcionarios que deseen tomar parte en este concurso deberán presentar el modelo oficial de solicitud de participación, anexo II de esta convocatoria, que se encontrará a disposición de los interesados en la página Web: (http://www.mepsyd.es/ -oposiciones y concursos-) de este Ministerio. La solicitud se podrá cumplimentar manualmente.

      Asimismo, a fin de facilitar la participación en este concurso y evitar posibles errores en la consignación de datos y petición de puestos, se podrá cumplimentar el modelo oficial de solicitud de participación, que figura en la citada página Web, a través de la aplicación informática que se encuentra a disposición de los concursantes. En este caso se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones incluidas en la aplicación.

      Las solicitudes cumplimentadas en cualquiera de las dos formas, se dirigirán a la Subsecretaría del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte.

      2.2 Los participantes consignarán con claridad y por el orden de preferencia, el código asignado a los puestos que soliciten, según el anexo I de esta convocatoria, dado que cualquier error en su consignación puede determinar que no se considere el puesto solicitado o que se obtenga uno no deseado. Sólo se podrán solicitar puestos de la especialidad de la que se sea titular o, en el caso de Maestros, para los que se esté habilitado, de los correspondientes al cuerpo por el que se participa. Asimismo, aunque los hubieran consignado en la solicitud, sólo se tendrán en cuenta los puestos para los que se haya acreditado el conocimiento del idioma requerido y justificado en alguna de las formas previstas en las bases segunda 2.3 d) o quinta de esta convocatoria.

      En el supuesto de que el candidato concurra a vacantes para las que exista la posibilidad de optar entre dos idiomas distintos, deberá consignar, expresamente en la solicitud de participación, su opción por uno de los idiomas.

      Los candidatos a puestos en Andorra que obtengan el puesto solicitado, deberán superar durante el primer período de adscripción un curso de inmersión lingüística, excepto los que hayan acreditado el conocimiento del idioma catalán mediante alguno de los títulos o certificados que se relacionan en el apartado 2.3 d) de esta base.

      Los candidatos a plazas en países cuya lengua oficial sea el castellano no tendrán que acreditar el requisito de nivel de conocimiento de idiomas.

      2.3 Con la solicitud de participación se deberá aportar la documentación que a continuación se indica:

      1. Hoja de servicios, según el modelo que figura como anexo VI, cerrada a la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes, expedida por los órganos correspondientes de las Administraciones educativas de las Comunidades Autónomas de la que dependa su centro de destino, por la autoridad educativa española de la que...

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