RESOLUCIÓN DE 22 DE DICIEMBRE DE 1997, DEL ORGANISMO NACIONAL DE LOTERIAS Y APUESTAS DEL ESTADO, POR LA QUE SE MODIFICA EL TITULO IV DE LAS NORMAS QUE REGULAN LOS CONCURSOS DE PRONOSTICOS DE LA APUESTA DEPORTIVA.

Fecha de Entrada en Vigor19 de Enero de 1998
MarginalBOE-A-1998-36
SecciónI - Disposiciones Generales
Rango de LeyResolución

Una vez que ha sido sustituido en toda la red de ventas del Organismo el sistema de validación mecánica por otro informático realizado en tiempo real, sólo el sistema de validación de apuestas por soporte magnético exige el transporte físico de información.

Actualmente, es posible trasladar la información de las apuestas contenidas en los soportes magnéticos de este sistema a través de comunicaciones, lo cual permite ampliar el período de validación de este tipo de apuestas.

Por todo ello, se ha desarrollado un sistema de transmisión de información entre las Delegaciones Territoriales del ONLAE y su sistema central, sin que suponga ninguna modificación para los concursantes, excepto que el resguardo o cuerpo B del boleto modelo 243 es sustituido por un resguardo expedido directamente por el sistema central, una vez que ha registrado las apuestas, y en el que constarán todos los datos relativos a éstas junto con los números que controlan su registro.

En consecuencia, oído el Consejo Rector de Apuestas Deportivas,

Esta Dirección General, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5.o, apartado 2, punto 8, del Real Decreto 904/1985, de 11 de junio («Boletín Oficial del Estado» del 20), ha resuelto lo siguiente:

Primero.-El contenido del título IV de las normas que regulan los concursos de pronósticos de la apuesta deportiva, aprobadas por Resolución de 1 de julio de 1996, publicadas en el «Boletín Oficial del Estado» número 163, de 6 de julio de 1996, y modificadas por Resoluciones de 6 de septiembre de 1996 («Boletín Oficial del Estado» del 7) y de 4 de julio de 1997 («Boletín Oficial del Estado» del 10), queda sustituido por el texto siguiente:

TÍTULO IV

Sistema de validación por soporte magnético

CAPÍTULO I

Contenido del sistema

25.a Por este sistema se validarán las apuestas contenidas en los bloques de registro que establece la norma 26.a, que sean pronosticadas por un solo concursante en el método de apuestas sencillo, es decir, un solo signo por partido y apuesta, y sean presentadas en soporte magnético que cumpla las especificaciones técnicas que, de acuerdo a las características de los equipos informáticos disponibles, establezca el Organismo Nacional de Loterías y Apuestas del Estado, y que tendrá a disposición de los concursantes en sus Delegaciones Territoriales.

CAPÍTULO II

Forma de pronosticar

26.a Las apuestas serán grabadas en el soporte magnético consignando un solo pronóstico en cada una de las 14...

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