ACUERDO DE 21 DE JULIO DE 1993, del Pleno del Consejo general del Poder judicial, por el que se aprueban criterios para la Provision de Plazas vacantes correspondientes a la Carrera judicial.

MarginalBOE-A-1993-19890
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejo General del Poder Judicial
Rango de LeyAcuerdo

El Pleno del Consejo General del Poder Judicial, en su sesión del día 21 de julio de 1993, de conformidad con lo establecido en los artículos 107 y 311 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y a fin de dar cumplimiento a la sentencia del Tribunal Constitucional 158/1992, de 26 de octubre, ha aprobado los siguientes criterios en relación con la provisión de vacantes de Jueces y Magistrados: Primero.-La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial elaborará anualmente una previsión general de cobertura de vacantes en la Carrera Judicial, correspondientes a los órganos con sede en el territorio de las distintas Comunidades Autónomas y con jurisdicción limitada a él.

Segundo.-La previsión general de cobertura de vacantes, a que se refiere el número anterior, junto con una relación de las existentes, será comunicada a las Comunidades Autónomas a los efectos del ejercicio, en el plazo de un mes, de la facultad de instancia reconocida en el artículo 315 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y en los preceptos concordantes de los respectivos Estatutos de Autonomía, sin perjuicio de lo dispuesto en el número cuarto.

Tercero.-Asimismo, la Comisión Permanente comunicará a las Comunidades Autónomas la previsión general definitivamente aprobada y, con carácter previo, las variaciones que surjan en ella.

Cuarto.-Las anteriores comunicaciones se entienden sin perjuicio de que a lo largo del período anual, si se ponen de relieve nuevas necesidades, las Comunidades Autónomas puedan ejercitar la iniciativa a que se refieren sus Estatutos de Autonomía y el...

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