Resolución de 24 de febrero de 1983, de la Secretaría General Técnica, por la que se da publicidad a los índices anuales de precios percibidos por los agricultores a efectos de la actualización de rentas en los arrendamientos rústicos.

MarginalBOE-A-1983-6645
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Agricultura, Pesca y Alimentacion
Rango de LeyResolución

La Ley 83/1980, de 31 de diciembre, de Arrendamientos Rústicos, establece en su artículo 38 que podrá acordarse por las partes contratantes la actualización de la renta para cada anualidad por referencia al último indice anual de precios percibidos por el agricultor, establecido por el Ministerio de Agricultura para los productos agrícolas en general o para alguno o algunos de los productos principales de que sea susceptible la finca, atendidas sus características y la costumbre de la tierra. Del mismo modo, tratándose de fincas cuyos principales productos sean ganaderos, podrá también referirse la actualización al índice de los precios de alguno o algunos de los productos.

A tal efecto, esta Secretaría General Técnica tiene a bien dar a la publicidad lo siguiente:

El valor del indice anual de precios percibidos por los agricultores en 1982 y Su incremento respecto al año anterior tanto para el índice general como para los principales grupos de productos es el que se recoge a continuación:

Clase de Indice * Valor anual en 1982 * Porcentaje de variación sobre 1981 *

General precios percibidos * 204,9 * 15,9 *

Productos vegetales * 210,2 * 17,6 *

- Productos agrícolas * 212,4 * 17,9 *

- Cereales * 197,8 * 12,6 *

- Leguminosas grano * 263,9 * 17,8 *

- Patata * 199,6 * 70,9 *

- Cultivos industriales * 190,9 * 7,4 *

- Cultivos forrajeros * 182,2 * 1,2 *

- Hortalizas * 212,0 * 11,1 *

- Cítricos * 230,3 * 9,1 *

- Frutas * 267,0 * 29,3 *

- Vino * 207,2 * 15,0 *

...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR