Real Decreto 1537/1983, de 16 de marzo, por el que indulta parcialmente a Alfonso Matesán Canteli.
Marginal | BOE-A-1983-16088 |
Sección | III - Otras Disposiciones |
Emisor | Ministerio de Justicia |
Rango de Ley | Real Decreto |
7
lunio
IS83
BOE.-Núm.
135
Vengo
en
indultar
aManuel Pomares Espinosa, conmutando
la
primera
de
las
expresadas
penas
privativas
de
Ubertad
por
la
de
dos
aftos
de
presidio
menor.
Dado
en
Madrid
a 9
de
marzo
de
1983.
JUAN
CARLOS R.
El
Mlnlstro
de
JUlItlcla,
FERNANDO
LEDE5MA
BARTRET
Ofdo
el
Ministerio
Fiscal,
y
de
acuerdo
con
el
parecer
del
Tribunal
sentenciador,
a
propuesta
del
Ministro
de Justicia. y
previa
deliberación
del
Consejo
de
Ministros
en
su
reunión
del
día
16
de
marzo
de
1983,
Vengo
en
indultar
a
Alfonso
MatesAn
Canteli,
conmutando
la
.última
pena
privativa
de
llbertad
impuesta
por
la
de
doce
aftas
y
un
dia
de
reclusión
menor.
Dado
en
Madrid
a16
de
marzo
de
1983.
16087
REAL
DECRETO
153611983.
de
9de
marzo.
por
el
que
.e
indulta
parcialmente
a
Julio
Antón
Burgoa.
Visto
el
expediente
de
indulto
de
Julio
Antón
Burgos,
con~
denado
por
la
Audiencia
Provincial
d~
Valladolid,
en
sentencia
de
10
de
octubre
de
1980.
como
autor
de
un
delito
de
apropia-
ción
indebida,
a
la
pena
de
cuatro
años
dos
meses
y
un
dia
de
presidio
menor,
y
teniendo
en
cuenta
las
circunstancias
que
concurren
en
los
hechos;
Vi,tos
la
Ley
de
18
de
Junio
de
1870,
reguladora
de
la
gracia
de
indulto,
y
el
Decreto
e
22
de
abril
de
1938;
De
acuerd~
con
el
parecer
del
Ministerio
Fiscal
y
del
Tribu-
Dal
'Sentenciador,
a
propuesta
del
Ministro
de
Justicia
y
previa
deliberación
del
Consejo
de
Ministros
en
su
reunión
del día
a
de
marzo
de
1988,
Vengo
en
indultar
,a
Julio
Antón
Burgos
de
un
año
de
la
expresarla
pena
privativa
de
libertad
impuesta.
Dade
en
Madrtd
a 9
de
marzo
de
1983.
REAL
DECRETO
1538/1983, de
16
dp
mUr"zo,
por
el
Que
se
indulta
parcialmente
a
benito
Aparicio
Nieto.
16089
El Ministro
de
Justicia,
FERNANDO
LEDESMA BARTRET
JUAN
CARlOS
R.
JUAN
CARlOS
R.
JUAN
CMlI
os
R
Visto
el
expediente
de
indulto
de
Benito
Aparicio
Nieto,
in-
coado
en
virtud
de
exposición
elevada
al
Gobierno
al
amparo
de
lo
éstablecido
en
el
párrafo
segundo
del
articulo
2.0
del
Có-
digo
Penal
por
la
Audiencia
Provincial
de
Valladolid,
que
en
sentencia
de
29
de
enero
d&
1981
le
condenó
como
autor
de
un
delito
de
atentado
a
la
pena
de
seis
años
y
un
día
de
prisión
mayor.
y
teniendo
en
cuenta
las
circunstancias
que
concurren
en
los
hechos;
Vistos
la
Ley
de
18
de
junio
de
1870,
reguladora
de
la
gracia
de
indulto.
y
el
Decreto
de
22
de
abril
de
1938;
De
acuerdo
con
el
parecer
del
Ministerio
Fiscal
y
del
Tribu-
nal
sentenciador,
a
propuesta
del
Ministro
de
Justicia
y
previa
deliberación
del
Consejo
de
Ministros
en
su
reunión
del
día
16
de
marzo
de
1983,
- -
Vengo
en
indultar
a
Benito
Aparicio
Nieto.
conmutando
la
referida
pena
privativa
de
libertad
por
la
de
do!,
años
de
pri-
sión
menor.
Dado
en
Madrid
a
16
de
marzo
de
1983.
EJ
Ministro de Justlela.
FERNANDO
LEDESMA BARTRET
El Ministro
de
Justicia..
FERNANDO
LEDESMA BARTRET
16090
REAL
DECRETO
1539/1983, de
16
de
marzo,
por
el
que
se
indulta
parcialmente
a
Joaquín
Francisco
AmalMontillot
y
Michel
Henry
Godefroi.
Visto
el
expediente
de
indulto
de
Joaquín
Francisco
Arnal
Montillot
y
Miche]
Henry
Godefroi,
incoado
en
virtud
de
ex-
posición
elevada
al
Gobierno
al
amparo
de
lo
establecido
en
el
párrafo
segundo
del
articulo
2.
0
del
Código
Penal
por
la
Audien-
cia
Provincial
de
Huesca,
que
en
sentencia
de
18
de
diciembre
"de
1982
les
condenó
como
autores
de
un
delito
de
detención
ilegal
a
las
penas
de
catorce
años,
ocho
meses
y
un
dia
de
reclusión
menor
y
diez
años
y
un
día
de
prisión
mayor,
res-
pectivamente,
y
teniendo
en
cuenta
las
circunstancias
que
con-
curren
en
los
hechos;
Vistos
la
Ley
de
18
de
junio
de
1870,
reguladora
de
la
gracia
de
indulto,
y
el
Decreto
de
22
de
abril
de
1938;
De
acuerdo
con
el
parecer
del
Ministerio
Fiscal
v
del
Tribu-
nal
sentencie.dor,
a
propuesta
del
Ministro
de
Justicia
y
previa
deliberación
del
Consejo
de
Ministros
en
su
reunión
del
día
16
de
marzo
de
1983,
Vengo
en
indultar
a
Joaquín
Francisco
Arnal
Mont.illot y
Michel
Henry
Godefroi,
conmuntando
las
expresadas
penas
pri-
vativas
de
libertad
por
las
de
siete
años,
cuatro
meses
yup.
día
de
prisión
mayor,·
y
cinco
años
de
prisión
menor,
respectI-
vamente,
dejando
subsistentes
los
restantes
pronunciamientos
contenidos
en
la
sentencia.
Dado
en
Madrid
a
16
de
marzo
de
1983.
JU
AN CARLOS R
JUAN
CARLOS
R.
El
Ministro de Justicia.
FERNANDO
LEDESMA BARTRET
El
Ministro de Justicia,
FERNANDO
LEDESMA BARTRET
REAL
DECRETO 1534/1983, de 9
de
marzo,
&or
el
que
.e
indulta
parcialmente
a
Juan
Rodriguez
Calero.
Visto
el
expediente
de
Indulto
de
Juan
Rodr1guez
Calero
condenado
por
la
Audiencia
Provincial
de
Palencia,
en
sentan:
ela
de
22
de
enero
de
1981,
COmo
autor
de
un
delito
de
-
robo
a
la
pena
de
cinco
a:ftos.
cUatro
meses
y
veintiún
días
de
pre~
lidio
menor,
y
teniendo
en
cuenta
las
circunstancias
que
con-
curren
en
los
hechos;
Vistos
la
Ley
de
18
de
'unlo
de
1870.
reguladora
de
la
gracia
de
indulto.
y
el
Decreto
de
22
de
abril
de
1938;
De
acuerdo
con
el
pareoer
del
Ministerio
Fiscal
y
del
Tri-
bunal
sentenciador
a
propuesta
del
Ministro
de
Justicia
y
previa
deliberación
del
Consejo
de
Ministros
en
su
reunión
del
dia
9
de
marzo
de
1983,
Vengo
en
indultar
a
Juan
Rodríguez
Calero
de
la
octava
parte
de
la
referida
pena
privativa
de
libertad
impuesta.
Dado
en
Madrid
a 9
de
marzo
de
1983.
REAL
DECRETO
1535/1983.
de
9
de
marzo,
por
el
QUfI!
se
indulta
parcialmente
a
Manuel
Amadeo
Al-
varez
Pflrez,
Visto
el
expediente
de
Indulto
de
Manuel
Amadeo
Alvarez
Pérez,
oondenado
por
la
Audiencia
Provincial
de
Santander,
en
sentencia
de
5
de
diciembre
de
1981,
como
autor
de
un
delito
de
robo,
a
la
pena
de
cuatro
aftas
dos
meses
y
un
dia
de
presi-
dio
menor,
ytient,endo
en
cuenta
las
circunstancias
que
concu-
rren
en
los
hechos;
Vistos
la
Ley
de
18
deJunto
de
1870,
reguladora
de
la
gracia
de
Indulto,
y
,1
Decreto
e
22
de
abril
de
1938;
De
acuerdo
con
el
parecer
del
Ministerio
Fiscal
y
del
Tribu-
nal
sentenciador,
a
propuesta
del
MinIstro
de
Justicia
y
previa
deliberación
del
Consejo
de
Ministros
en
'BU
:reunión
del
dia
9
de
marzo
de
1983,
Vengo
en
indultar
-a
Manuel
Amadeo
Alvarez-Pérez
de
la
mitad
de
la
referida
pena
privativa
de
libertad
impuesta.
Dado
en
Madrid
a 9
de
marzo
de
1983.
.
16085
16086
16088
JUAN
CARLOS R.
El
Ministro
de
Justicia
FERNANDO
LFDESMA
BARTRET
REAL
DECRETO
1537/1983,
de
18
de
marzo,
por
el
que
.e
indulta
parcialmente
a
Alfonso
Matesán
Canteli.
Visto
el
expediente
de
indulto
de
Alfonso
Matesé.n
Cantell.
umdenado
por
la
Audiencia
Provincial
de
Oviedo
en
sentencia
de
2
de
febrero
de
1980,
como
autor
de
un
delito
de
parricidio,
s
la
pena
de
diecisiete
atlas
de
reclusión
menor,
reducida
a
la
de
catorce
afias
de
igual
reclusión
por
la
concesión
de
dos
in-
dultos
particulaI't'ls
de
8
de
julio
y
de
18
de
diciembre
de
1981, y
teniendo
en
cuenta
las
circunstancias
que
concurren
en
108
hechos;
Vistos
la
Ley
de
18
de
junio
de
1870,
reguladora
de
la
gracia
de
indulto,
y
el
DeCI'flto
de
22
de
abril
de
1938;
16091
REAL
DECRETO
1540/1983,
de
16
de
marzo,
por
el
que
Be
indulta
parcialmente
aJose 1{¡Hacio Con--
treras Hemández.. .
Visto
el
expediente
de
indulto
de
José
Ignacio
Contreras
Her-
m\nde:li,
incoado
en
virtud
de
exposición
elevada
al
Gobierno
al
amparo
de
lo
establecido
en
el
pé.rrafo
segundo
del
articu-
lo
2,°
del
Código
Penal
por
la
Audiencia
Provincial
de
Valencia,
que
en
sentencia
de
.f
de
julio
de
1980
le
condenó
como
autor
de
un
deUto
de
robo
a
la
pena
de
cuatro
años,
dos
meses
y
un
día
de
preSidio
menor,
y
teniendo
en
cuenta
las
circunstancias
que
concurren
en
los
hechos;
Vistos
la
Ley
de
18
de
Junio
de
1870,
reguladora
de
la
gracia
de
indulto,
y
el
Decreto
de
22
de
abIil
de
1938;
De
acuerdo
con
el
parecer
del
Ministerio
Fiscal
y
del
Tribu-
nal
sentenciador,
a
propuesta
del
Ministro
de
Justicia
y
previa
deliberaciÓn
del
Consejo
de
Ministros
en
su
reunión
del
dlll.
16
de
marzo
de
1983,