Resolución de 16 de enero de 1984, de la Dirección General de Régimen Económico y Jurídico de la Seguridad Social, por la que se desarrolla la disposición transitoria primera de la Orden de 5 de octubre de 1983, por la que se fijan las estructuras orgánicas de las Direcciones Provinciales de las Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social.
Marginal | BOE-A-1984-2663 |
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Ministerio de Trabajo y Seguridad Social |
Rango de Ley | Resolución |
EN SU USO DE LAS ATRIBUCIONES CONFERIDAS POR LA DISPOSICION FINAL DE LA ORDEN DE 5 DE OCTUBRE DE 1983, POR LA QUE SE FIJAN LAS ESTRUCTURAS ORGANICAS DE LAS DIRECCIONES PROVINCIALES DE LAS ENTIDADES GESTORAS Y SERVICIOS COMUNES DE LA SEGURIDAD SOCIAL
ESTA DIRECCION GENERAL HA RESUELTO LO SIGUIENTE:
PRIMERO.-LAS PREVISIONES CONTENIDAS EN EL PARRAFO SEGUNDO DE LA DISPOSICION TRANSITORIA PRIMERA DE LA ORDEN DE 5 DE OCTUBRE DE 1983, SE ADOPTARAN SIEMPRE QUE LA REESTRUCTURACION HAYA SUPUESTO UNA REDUCCION DEL NUMERO DE JEFATURAS DE NEGOCIADO O EQUIPOS EN CADA UNA DE LAS ESTRUCTURAS O GRUPOS DE ESTRUCTURAS PROVINCIALES SIGUIENTES:
-DIRECCION PROVINCIAL DEL INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y TESORERIA TERRITORIL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
-DIRECCION PROVINCIAL DEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES
-DIRECCION PROVINCIAL DEL INSTITUTO SOCIAL DE LA MARINA
SEGUNDO. -LA ANTIGUEDAD EN EL DESEMPEÑO DE CARGO, CUANDO DEBA SER CRITERIO PARA EFECTUAR LA PROPUESTA DE ADJUDICACION DE CARGOS, SE ENTENDERA REFERIDA AL DE IGUAL O SUPERIOR CATEGORIA CALIFICADO COMO DE PROVISION ORDINARIA POR LA ORDEN DEL 12 DE DICIEMBRE DE 1981, QUE SE ESTUVIERA DESEMPEÑANDO A LA ENTRADA EN VIGOR DE LA ORDEN DE 5 DE OCTUBRE DE 1983
TERCERO.-UNA VEZ ORDENADOS TODOS LOS CANDIDATOS PARA LAS JEFATURAS DE GRUPO, LOS DIRECTORES PROVINCIALES Y TESOREROS TERRITORIALES EFECTUARAN LAS CORRESPONDIENTES PROPUESTAS, RESPETANDO EN TODOS LOS CASOS EN QUE RESULTE POSIBLE, LA ADSCRIPCION A LA ENTIDAD DE DESTINO ANTERIOR Y A LAS FUNCIONES DEL CARGO DESEMPEÑADO ANTES DE LA ENTRADA EN VIGOR DE LA ORDEN DE...
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