Orden PRA/1194/2017, de 24 de noviembre, por la que se establecen las tasas por utilización de espacios del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía.

Fecha de Entrada en Vigor 8 de Diciembre de 2017
MarginalBOE-A-2017-14414
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales
Rango de LeyOrden

El Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, desde sus orígenes como centro expositivo en 1986 hasta su consolidación actual como referente museístico de vanguardia en el panorama internacional, ha experimentado una evolución que viene a reflejar el desarrollo de la noción de museo en las últimas décadas. Superado el tradicional modelo de institución centrada en las funciones de custodia y preservación, el Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía ejemplifica la consolidación de la dimensión social del museo, convertido en un foro multidisciplinar de experimentación, generación de conocimiento y debate en la esfera pública. Esta evolución tuvo su reflejo en la modificación del régimen jurídico del organismo, llevada a cabo por la Ley 34/2011, de 4 de octubre, reguladora del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía y el Real Decreto 188/2013, de 15 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, modificado por Real Decreto 933/2013, de 29 de noviembre. Mediante dicha transformación se siguió la línea trazada por otros museos emblemáticos de apuesta por una renovación del servicio público, traducida en el incremento y mejora de sus actividades, y, a la vez, de refuerzo de la capacidad del museo para allegar fondos, incrementando su nivel de autofinanciación. La cesión de espacios para su utilización por terceros se configura como uno de esos servicios de interés cultural del museo que, al mismo tiempo, permite obtener una importante fuente de recursos propios.

De acuerdo con el artículo 20.2 de la Ley 34/2011, de 4 de octubre, «los ingresos procedentes de la utilización de espacios de los inmuebles, propios o adscritos, que estén calificados como demaniales, tienen la naturaleza de tasa, y se regulan en el Capítulo VI del Título I de la Ley 25/1998, de 13 de julio, de modificación del Régimen Legal de las Tasas Estatales y Locales y de Reordenación de las Prestaciones Patrimoniales de Carácter Público».

En este sentido, la citada Ley 25/1998, de 13 de julio, confiere naturaleza de tasa a la utilización de espacios en museos y, en sus artículos 52 a 55, contempla los aspectos básicos de la tasa, los cuales fueron desarrollados por la Orden del Ministerio de Presidencia de 18 de enero de 2000, por la que se establecen las tarifas de los servicios o actividades sujetos a la tasa por utilización de espacios en museos y otras dependencias culturales del Ministerio de Educación y Cultura. En el supuesto del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, a ese marco normativo debe añadirse la Orden PRE/3250/2010, de 12 de noviembre, por la que se modifica la citada Orden de 18 de enero de 2000 y mediante la cual se establecieron las tarifas por la utilización de los nuevos espacios resultantes de la ampliación arquitectónica del Museo.

Actualmente el Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía pretende dar cumplimiento al mandato contenido en el...

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