DECRETO 86/2002, de 1 de agosto, por el que se declara el entorno de protección del bien de interés cultural, denominado 'Torre de Velo', en Arce, término municipal de Piélagos (Cantabria).

MarginalBOE-A-2002-19261
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorComunidad Autónoma de Cantabria
Rango de LeyDecreto

DECRETO 86/2002, de 1 de agosto, por el que se declara el entorno de protección del bien de interés cultural, denominado 'Torre de Velo', en Arce, término municipal de Piélagos (Cantabria).

Mediante Resolución de la ConsejerÃa de Cultura y Deporte, de 29 de diciembre de 2000, se incoó expediente para la delimitación del entorno de protección del bien de interés cultural denominado 'Torre de Velo', en Arce, término municipal de Piélagos, declarada bien de interés cultural con fecha 13 de octubre de 1983.

Cumplido el trámite establecido en el artÃculo 18 de la Ley 11/1998, de 13 de octubre, de Patrimonio Cultural de Cantabria.

La ConsejerÃa de Cultura, Turismo y Deporte ha propuesto declara el entorno de protección del bien mencionado, y a tal efecto insta al Consejo de Gobierno de Cantabria dicha declaración, haciéndole constar que se han cumplimentado todos los trámites preceptivos en la incoación e instrucción del expediente.

Vistas la alegaciones presentadas y de acuerdo con lo establecido en el artÃculo 24.17 de la Ley Orgánica 8/1981, de 30 de diciembre, del Estatuto de AutonomÃa para Cantabria, reformada por Ley Orgánica 11/1998, de 30 de diciembre, y en el artÃculo 19 de la Ley 11/1998, de 13 de octubre, de Patrimonio Cultural de Cantabria, a propuesta del Consejero de Cultura,

Turismo y Deporte, previa deliberación del Consejo de Gobierno de Cantabria en su reunión del dÃa 1 de agosto de 2002, dispongo:

ArtÃculo 1.

Se declara el entorno de protección del bien de interés cultural denominado 'Torre de Velo', en Arce, término municipal de Piélagos, que figura en el anexo junto con su justificación, y que se encuentra representado en el plano que se publica con este Decreto.

Disposición adicional única.

Se faculta al excelentÃsimo señor Consejero de Cultura, Turismo y Deporte para la realización de cuantos actos sean necesarios para la efectividad de este Decreto.

Disposición final única.

El presente Decreto entrará en vigor al dÃa siguiente de su publicación.

Santander, 1 de agosto de 2002.--El Presidente del Gobierno de Cantabria, José JoaquÃn MartÃnez Sieso.--El Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, José Antonio Cagigas RodrÃguez.

ANEXO

Delimitación del entorno de protección y justificación

La delimitación del entorno de protección se ha llevado a cabo considerando la naturaleza y ubicación del monumento, asà como su especial relación con el núcleo de Velo y...

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