Orden JUS/182/2020, de 25 de febrero, por la que se aprueban con carácter definitivo las relaciones de puestos de trabajo de los cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa, y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, de los partidos judiciales de Vielha e Mijaran y Tremp.

MarginalBOE-A-2020-3041
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Justicia
Rango de LeyOrden

La ordenación del personal de la Administración de Justicia y su integración en las unidades que conforman la estructura de las oficinas judiciales se realizarán a través de las relaciones de puestos de trabajo que se aprueben, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 521 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.

Las comunidades autónomas con competencias asumidas, previa negociación con las organizaciones sindicales, procederán a la aprobación inicial de las relaciones de puestos de trabajo de las oficinas judiciales de sus respectivos ámbitos territoriales, correspondiendo su aprobación definitiva a este Ministerio, de conformidad con el artículo 522 de la referida Ley Orgánica.

La Generalitat de Catalunya, por sendas Resoluciones del Departamento de Justicia de 24 de enero de 2020, ha procedido a la aprobación inicial de las relaciones de puestos de trabajo de los cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa, y Auxilio Judicial de las oficinas judiciales de Vielha e Mijaran y Tremp, por lo que, no concurriendo impedimentos de legalidad, procede su aprobación definitiva por este Ministerio.

En su virtud dispongo:

Artículo único  Aprobación definitiva de las relaciones de puestos de trabajo de los cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa, y Auxilio Judicial de las oficinas judiciales de Vielha e Mijaran y Tremp.

Se aprueban definitivamente las relaciones de puestos de trabajo de los cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa, y Auxilio Judicial contenidas en el anexo I de esta orden.

Disposición transitoria

En tanto no concluya el proceso de acoplamiento y los funcionarios implicados no tomen posesión en los nuevos puestos de trabajo previstos en estas relaciones, continuarán prestando servicios en sus actuales destinos y percibiendo las retribuciones que les corresponda.

Madrid, 25 de febrero de 2020.–El Ministro de Justicia, Juan Carlos Campo Moreno.

ANEXO I

COMUNIDAD AUTÓNOMA: CATALUÑA

Centro de gestión: Secretaría de Relaciones con la Administración de Justicia

Localidad: Vielha e Mijaran

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