Orden INT/345/2020, de 13 de abril, por la que se acuerda la continuación de la tramitación del procedimiento de convocatoria para 2020 de la concesión de las subvenciones destinadas a asociaciones, fundaciones y demás entidades sin ánimo de lucro, cuyo objeto sea la representación y defensa de las víctimas del terrorismo.

MarginalBOE-A-2020-4460
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Interior
Rango de LeyOrden

El Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 establece, en su disposición adicional tercera, la suspensión de términos e interrupción de plazos para la tramitación de los procedimientos de las entidades del sector público. No obstante, en los apartados 3 y 4 de la citada disposición se reconoce la posibilidad de exceptuar, mediante resolución motivada, tal suspensión en determinados supuestos.

Así, el apartado 4 permite acordar la continuación de aquellos procedimientos administrativos que vengan referidos a situaciones estrechamente vinculadas a los hechos justificativos del estado de alarma, o que sean indispensables para la protección del interés general o para el funcionamiento básico de los servicios.

Precisamente, la protección del interés general justifica la continuación del procedimiento de convocatoria para el año 2020 de las subvenciones destinadas a asociaciones, fundaciones y entidades sin ánimo de lucro, cuyo objeto sea la representación y defensa de los intereses de las víctimas del terrorismo, de conformidad con la Orden INT/1205/2018, de 14 de noviembre, por la que se establecen sus bases reguladoras.

Dicho procedimiento, ya iniciado, ha obtenido la autorización del Ministerio de Hacienda prevista en el apartado séptimo del Acuerdo del Consejo de Ministros, de 27 de diciembre de 2019, por el que se establecen los criterios de prórroga para 2020 de los Presupuestos Generales del Estado vigentes en el año 2019, se formaliza la distribución por secciones y se aprueban medidas para reforzar el control del gasto público.

En efecto, la Ley 29/2011, de 22 de septiembre, de Reconocimiento y Protección Integral a las Víctimas del Terrorismo, reconoce el papel y relevancia de las asociaciones y fundaciones de víctimas del terrorismo dado que, como recoge en su artículo 64, contribuyen a fomentar la unión entre las víctimas, la defensa de sus intereses y la mejora de su condición, al tiempo que promueven la concienciación social contra el terrorismo y la preservación de la memoria. Por todo ello, y a tenor del reconocimiento social de su actuación, el artículo 65 de la misma Ley establece la obligación de la Administración General del Estado de concederles subvenciones.

La principal fuente de recursos económicos de estas entidades son, precisamente, las subvenciones que reciben, en régimen de concurrencia competitiva...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR