Orden ETU/413/2017, de 4 de mayo, por la que se acuerda el reconocimiento de las repercusiones económicas derivadas de la adopción de medidas temporales y extraordinarias para garantizar la seguridad del suministro en la isla de Formentera.

MarginalBOE-A-2017-5247
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Energía, Turismo y Agenda Digital
Rango de LeyOrden

En el Real Decreto 738/2015, de 31 de julio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica y el procedimiento de despacho en los sistemas eléctricos de los territorios no peninsulares, se establece en su artículo 59, que en los casos que el operador de sistema ponga de manifiesto riesgos de cobertura de la demanda en el corto plazo, la comunidad o ciudad autónoma afectada deberá, en virtud de lo establecido en el artículo 7.5 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, solicitar al Ministerio de Industria, Energía y Turismo el reconocimiento de las repercusiones económicas para la adopción de medidas para la garantía del suministro, con carácter previo a su autorización. Asimismo se indica que, por orden del Ministro, se reconocerá, en su caso, las repercusiones económicas que pudieran derivarse de la adopción de estas medidas extraordinarias para garantizar la seguridad de suministro para una potencia determinada, según las características técnicas y económicas aprobadas y por un periodo de tiempo determinado.

En las normas mencionadas, las referencias al Ministerio de Industria, Energía y Turismo se entenderán realizadas al Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital, según la disposición final segunda del Real Decreto 415/2016, de 3 de noviembre, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales.

En el informe de cobertura anual de la demanda de Baleares (enero 2017-diciembre 2017) de 29 de diciembre de 2016 realizado por Red Eléctrica de España, se ha puesto de manifiesto que el disparo simultáneo de la turbina TG1 de la Central Térmica de Formentera y el mayor de los dos enlaces que unen esta isla con Ibiza provocaría sobrecargas inadmisibles en el enlace de menor capacidad y el consiguiente cero de tensión en Formentera, por lo que se recomienda el incremento de generación en la isla de Formentera, mediante la instalación de grupos electrógenos. En vista de las demandas previstas, esta generación sería necesaria, al menos, desde el 15 de mayo al 15 de octubre y se debe garantizar, al menos, 12 MW de potencia adicional.

En este sentido, con fecha 2 de febrero de 2017 tuvo entrada en el Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital un escrito del Gobierno de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en el que se solicita que se reconozcan las repercusiones económicas para el periodo 15 de mayo a 15 de octubre, con una potencia garantizada de 12 MW de potencia adicional.

Todo ello...

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