Orden DEF/702/2019, de 19 de junio, por la que se publican las bases reguladoras para la concesión de los premios 'Virgen del Carmen' de la Armada.

Fecha de Entrada en Vigor18 de Julio de 2019
MarginalBOE-A-2019-9700
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Defensa
Rango de LeyOrden

El Decreto de 8 de agosto de 1939, de la entonces Vicepresidencia del Gobierno, creó el Patronato y los premios nacionales «Virgen del Carmen», con una motivación para estimular el despertar de la preocupación del país por las actividades marítimas, premios a conceder a las tres localidades de la costa, continental e insular, que en los diez meses siguientes a la promulgación del decreto realizaran una labor más eficaz para desarrollar el interés y la afición por el mar y sus problemas. Este decreto fue modificado por el Decreto de 2 de septiembre de 1941, ampliando la posibilidad de optar a estos premios a todas las personas jurídicas o personas físicas españolas bajo la premisa de difundir la cultura naval por todo el territorio nacional, así como contribuir especialmente a despertar en la juventud vocaciones por los oficios y las profesiones marítimas.

Posteriormente, el Decreto 139/1974, de 18 de enero, por el que el Patronato de los Premios «Virgen del Carmen» pasa a depender del Ministerio de Marina, atribuyó a este Ministerio la competencia sobre la organización y concesión de los Premios «Virgen del Carmen». Dispuso, asimismo, que el Patronato de los mismos podría designar en cada convocatoria las personas que estimara conveniente hubieran de constituir los Jurados calificadores de los trabajos que optasen a los premios y propondría al Ministro de Marina, también en cada convocatoria, las bases de concesión de los premios.

Por otra parte, la Orden Ministerial 84/2000, de 24 de marzo, por la que se reorganiza el Instituto de Historia y Cultura Naval, estableció entre las funciones del Instituto la de convocar y proponer la concesión de los Premios «Virgen del Carmen» y asignó al Director del Instituto la atribución de presidir, en su caso, por delegación, el jurado para la concesión de los premios «Virgen del Carmen». La Orden DEF 1642/2015, por la que se desarrolla la organización básica de la Armada, incluye al Instituto de Historia y Cultura Naval en el Órgano de Historia y Cultura Naval, dentro del Cuartel General de la Armada, y le asigna la responsabilidad de la investigación y divulgación de la historia naval y del patrimonio cultural y bibliográfico de la Armada.

Teniendo en cuenta la experiencia acumulada en la organización y el desarrollo de los Premios «Virgen del Carmen» de la Armada, así como las disposiciones contenidas en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se dicta esta orden ministerial al amparo del artículo 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, que habilita a la persona titular del departamento ministerial correspondiente para el establecimiento, por orden ministerial, de las bases reguladoras de la concesión de las subvenciones, incluyéndose los premios objeto de esta regulación, al otorgarse con la previa solicitud del beneficiario, en el ámbito de aplicación de la ley, como así resulta del artículo 4.a) de la citada ley interpretado a sensu contrario.

Esta orden ministerial se adecua a los principios de buena regulación a que se refiere el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia.

La Asesoría Jurídica General de la Defensa y la Intervención General de la Defensa han emitido su preceptivo informe, de acuerdo con lo previsto en el artículo 17.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

Asimismo, el proyecto fue informado por el Ministerio de Hacienda.

En su virtud, con la aprobación previa del Ministro de Política Territorial y Función Pública, dispongo:

Artículo 1  Objeto y finalidad.
  1.  Esta orden ministerial tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesión de los Premios «Virgen del Carmen» de la Armada.

  2.  Los Premios «Virgen del Carmen» de la Armada tienen como finalidad fomentar el interés y la afición por el mar y los asuntos navales, estimular en la juventud las vocaciones por los oficios y las profesiones navales y difundir la cultura naval en todo el ámbito nacional.

Artículo 2  Disciplinas, categorías y premios.
  1.  Bajo la denominación de Premios «Virgen del Carmen» de la Armada se incluyen las siguientes disciplinas y categorías:

    1.1 Disciplinas.

    a) Libros: tiene por objeto trabajos que, en cualquier manifestación histórica, científica, literaria o humanística contemple, analice o relacione la vinculación de España con el mar y con la Armada, en su ámbito nacional o en su proyección ultramarina. En caso de tratarse de un trabajo publicado, este no podrá tener una antigüedad superior a dos años, contados retroactivamente desde la fecha de publicación de la correspondiente convocatoria de los premios.

    b) Poesía: tiene por objeto trabajos poéticos de exaltación del mar, de las gentes de la mar o de la vinculación de la sociedad con la Armada y con la actividad marinera en todos sus aspectos. En caso de tratarse de un trabajo publicado, este no podrá tener una antigüedad superior a dos años, contados retroactivamente desde la fecha de publicación de la correspondiente convocatoria de los premios.

    c) Otros trabajos literarios: tiene por objeto artículos publicados en medios de comunicación social en los que se destaque la contribución de la Armada a la sociedad en cualquier época, y trabajos realizados por alumnos del sistema educativo español sobre lo que significa la Armada para España y su contribución a lo largo de la historia. En caso de tratarse de un trabajo publicado, este no podrá tener una antigüedad superior a dos años, contados retroactivamente desde la fecha de publicación de la correspondiente convocatoria de los premios.

    d) Pintura: tiene por objeto obras pictóricas que consigan un mayor acercamiento entre la sociedad y la Armada, y que plasmen la actividad naval en cualquiera de sus aspectos y épocas.

    e) Fotografía: tiene por objeto fotografías que plasmen la vinculación de la Armada y su entorno, sugiriendo motivos que reflejen los aspectos de sus múltiples facetas y actividades.

    f) Modelismo naval: tiene por objeto representaciones, mediante modelos, maquetas o dioramas, de buques o instalaciones relacionadas con la historia y el arte de la construcción naval española sin distinción de época.

    En cada convocatoria se determinará una serie de modelos, maquetas o dioramas, sobre los que los participantes deberán ejecutar sus trabajos. Los modelos comprenderán la reproducción de tipos de naves, embarcaciones o buques, significativos por su protagonismo en la historia naval española o cuyo diseño marcó un hito en el desarrollo de la construcción naval. Las maquetas abordarán la reproducción de instalaciones, artilugios o diseños de marcado interés dentro de la evolución de la historia y de la construcción naval. Los dioramas buscarán la representación o escenificación mediante maquetas de acontecimientos o pasajes vinculados con la Armada y su historia.

    g) Comunicación digital: tiene por objeto premiar trabajos realizados a través de las nuevas tecnologías (páginas web, blogs, redes sociales, etc.), en los que se destaquen las actividades de la Armada Española o que fomenten de forma notoria la vinculación de España con la mar o los intereses navales españoles.

    1.2 Categorías.

    a) General: estarán contemplados en esta categoría todas las personas que...

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