Orden JUS/2030/2011, de 5 de julio, por la que declara inhábil el mes de agosto a efectos del cómputo de plazos previsto en el concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo.

MarginalBOE-A-2011-12461
SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorMinisterio de Justicia
Rango de LeyOrden

Mediante Órdenes JUS/1532/2011, de 27 de mayo, JUS/1677/2011, de 31 de mayo y JUS/1785/2011, de 9 de junio, se convocaron concursos de méritos para la provisión de puestos de trabajo en el Ministerio de Justicia.

Considerando el volumen de puestos ofertados, así como el de solicitudes de participación recibidas para cada concurso, el mes de agosto, al ser un mes eminentemente vacacional, puede dificultar la normal continuidad de dichos procesos, así como el cumplimiento de los plazos de resolución previstos en las correspondientes convocatorias.

Este Ministerio, en uso de las facultades que le están conferidas, resuelve:

Declarar inhábil el mes de agosto, a efectos del cómputo de los plazos de resolución previstos en los siguientes concursos de provisión de puestos de trabajo convocados en este Ministerio:

Concurso convocado por Orden JUS/1532/2011, de 27 de mayo («Boletín Oficial del Estado», de 8 de junio).

Concurso convocado por Orden JUS/1677/2011, de 31 de mayo («Boletín Oficial del Estado», de 17 de junio).

Concurso específico convocado por Orden JUS/1785/2011, de 9 de junio («Boletín Oficial del Estado», de 29 de junio).

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, en el plazo de dos meses a partir del día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, de conformidad con lo dispuesto...

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