Orden AEC/2610/2015, de 30 de noviembre, por la que se modifica la Orden AEX/1001/2003, de 23 de marzo, de delegación de competencias en materia de personal, contratación y gestión presupuestaria y del gasto público.

MarginalBOE-A-2015-13272
SecciónIII - Otras Disposiciones
Rango de LeyOrden

Las previsiones de la Orden AEX 1001/2003 de 23 de marzo, de delegación de competencias en materia de personal, contratación y gestión presupuestaria y del gasto público, deben adaptarse a las necesidades de gestión administrativa que se produzcan en cada momento. El Real Decreto 1028/2015, de 13 de noviembre ha dispuesto el cese del titular de la Secretaría General de Cooperación Internacional para el Desarrollo. En defecto de nombramiento de un nuevo titular, esta vacancia aconseja modificar la Orden AEX 1001/2003 de 23 de marzo, con el fin de atender las necesidades de gestión administrativa y delegar estas competencias en favor del órgano adecuado para su mejor gestión.

En consecuencia, y de acuerdo con lo previsto en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el artículo 20 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, y en la disposición adicional decimotercera de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, dispongo:

Primero. Modificación de la Orden AEX/1001/2003, de 23 de marzo, de delegación de competencias en materia de personal, contratación y gestión presupuestaria y del gasto público.

La Orden AEX/1001/2003, de 23 de marzo, de delegación de competencias en materia de personal, contratación y gestión presupuestaria y del gasto público, queda modificada como sigue:

Uno. El primer párrafo del apartado tercero queda redactado del siguiente modo:

Tercero. En el citado marco de las competencias en materia de contratación y de gestión presupuestaria y patrimonial atribuidas al titular del Departamento por los apartados 1, 2, 3 y 4 del artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, delegar en los Secretarios de Estado de Asuntos Exteriores, para la Unión Europea y de Cooperación Internacional y para Iberoamérica, para gastos inferiores a 1.000.000,00 de euros, y siempre respecto a sus respectivos ámbitos de actuación, las siguientes:

Dos. El último párrafo del apartado cuarto queda redactado del siguiente modo:

Lo dispuesto en este apartado cuarto no se aplicará a la Secretaría de Estado para la Unión Europea ni a la Secretaria de Estado de Cooperación Internacional y para Iberoamérica, que se regirán por lo dispuesto en los apartados quinto y sexto respectivamente.

Tres. Se elimina el...

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