Orden PRE/991/2013, de 31 de mayo, por la que se crea la Oficina Local de Tráfico de Alcalá de Henares (Madrid).
Fecha de Entrada en Vigor | 6 de Junio de 2013 |
Marginal | BOE-A-2013-5944 |
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Ministerio de la Presidencia |
Rango de Ley | Orden |
Los servicios que presta el Ministerio del Interior a través del organismo autónomo Jefatura Central de Tráfico, y más concretamente, mediante las Jefaturas Provinciales de Tráfico ubicadas en las capitales de todas las provincias españolas, abarcan una gran variedad de trámites en los que están interesados una gran cantidad de ciudadanos y que impactan de manera fundamental en la sociedad.
A pesar de la importancia que está adquiriendo la administración electrónica, que facilita la realización de trámites sencillos al ciudadano sin desplazarse hasta sus instalaciones, además de la utilización de otros canales como el telefónico, así como los importantes avances que se han operado en la materia, la complejidad de muchos de los trámites objeto de la competencia propia del organismo autónomo Jefatura Central de Tráfico, en los que intervienen otras administraciones públicas y del carácter presencial de algunos de ellos, hace necesario potenciar la cercanía al ciudadano en la prestación de estos servicios, especialmente en aquellos casos en los que existe una apreciable distancia entre los núcleos de población relevantes y la capital de la provincia, así como en aquellos otros en los que el gran volumen de población de la región así lo aconseja.
Con ese fin, como parte del proyecto de situar las oficinas de tráfico en zonas con grandes núcleos de población, se aborda la creación de una Oficina Local de Tráfico en Alcalá de Henares que desconcentre funciones de la Jefatura Provincial de Tráfico de Madrid y acerque la Administración General del Estado a los ciudadanos residentes en esa ciudad y su zona de influencia, todo ello de acuerdo con el principio de desconcentración previsto en el artículo 103.1 de la Constitución, en el artículo 3.1 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, que además prevé expresamente el principio de proximidad a los ciudadanos, así como en los artículos 3.1 y 12.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
La Oficina Local de Tráfico tendrá su sede en la ciudad de Alcalá de Henares y, si bien dependerá funcional y orgánicamente de la Jefatura Provincial de Tráfico de...
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